Juzgado de Garantía de Parral.

CLAUDIO NICOLÁS BRAVO CARO C/ GINO LEANDRO VÁSQUEZ ARANCIBIA

Rol

O-392-2020

Fecha

20 de julio de 2020

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “El 21 de marzo del año 2020, a las 03:20 horas de la madrugada aproximadamente, el imputado Gino Leandro Vásquez Arancibia fue sorprendido por Carabineros en calle Pablo Neruda, Parral, manteniendo en su poder conociendo o no pudiendo menos que conocer diversas especies que provenían de un delito de robo en lugar no habitado del local comercial ubicado en calle Pablo Neruda N° 485 de Parral, todas estas especies de propiedad de la víctima Claudio Bravo Caro consistentes en 2 extintores, un bolso porta extintor de color plomo, un botiquín de color blanco, un chaleco reflectante, 2 cordeles, una bolsa de género color beige, un par de guantes de género color blanco, una ampolleta halógena, 2 tuercas y 2 válvulas de ruedas, especies avaluadas por la víctima $200.000 aproximadamente”. PARRAL, veinte de julio de dos mil veinte. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°7, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 70, 449, 456 bis A del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 10 y siguiente de la Ley 18.216, se declara: I.- Que SE CONDENA a GINO LEANDRO VÁSQUEZ ARANCIBIA, ya individualizado, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Parral el día 21 de marzo de 2020, a sufrir la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una MULTA a beneficio fiscal ascendente a CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. QEGXQKSVXX Marcial Taborga Collao Juez de garantía Fecha: 20/07/2020 18:07:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntár

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a GINO LEANDRO VÁSQUEZ ARANCIBIA, ya individualizado, como AUTOR del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Parral el día 21 de marzo de 2020, a sufrir la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una MULTA a beneficio fiscal ascendente a CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. QEGXQKSVXX Marcial Taborga Collao Juez de garantía Fecha: 20/07/2020 18:07:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Que la multa impuesta se tendrá por pagada por el mayor tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad por estos antecedentes, en la especie sometido a la medida cautelar de prisión preventiva desde el día 21 de marzo 2020, fecha de su detención, por lo tanto se regula aquello en 15 días. El resto del tiempo privado de libertad de 106 días, será abonado a la pena c

Texto Completo (Preview)

RUC N° : 2010016471-0 RIT N° : 392 - 2020 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : Receptación. GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : GINO LEANDRO VÁSQUEZ ARANCIBIA. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0017906607-6 DOMICILIO : Tarapacá N° 530, Parral. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9 y 7. AGRAVANTES : No FISCAL : ÁLVARO IGNACIO MUÑOZ BERRÍ

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