Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

MP C/ ELIZABETH OLIVIA HENRÍQUEZ AGÜERO

Rol

O-86-2020

Fecha

20 de julio de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha trece, catorce y quince de julio de dos mil veinte, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por los jueces, Jaime Rodrigo Vejar Carvajal, quien presidió, Waldemar Augusto Koch Salazar y Carmen Gloria Durán Vergara, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, correspondiente a la causa RUC Nº 1801259781-5, RIT Nº 86-2020, seguida en contra de la acusada ELIZABETH OLIVIA HENRÍQUEZ AGÜERO, cédula de identidad N°12.922.257-3, chilena, 44 años de edad, soltera, peluquera, domiciliada en San Miguel de Itata s/n, comuna de Yungay. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el fiscal Julián Muñoz Riveros, domiciliado en calle Serrano N° 83, Talcahuano. La Defensa de la encartada estuvo a cargo del defensor penal particular, Andrés Méndez Ortega, con domicilio en Avenida O’Higgins N° 816, oficina 35, comuna de Concepción. El presente juicio se verificó en su totalidad en la modalidad virtual a través de la plataforma Zoom. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral proveniente del Juzgado de Garantía de Talcahuano, son del siguiente tenor: “En el contexto de una investigación criminal dirigida por el Ministerio Público y ejecutada por la Sección O.S.7 Concepción, de Carabineros de Chile, mediante la aplicación de técnicas especiales de investigación tales como interceptaciones telefónicas judicialmente autorizadas, vigilancias y seguimientos, se recabaron antecedentes que daban cuenta que, entre otras personas, la acusada, ELIZABETH OLIVIA HENRÍQUEZ AGÜERO, se dedicaba a la actividad de tráfico ilícito de drogas, en particular de cocaína base. Así, el día 03 de diciembre de 2018, por antecedentes obtenidos mediante interceptaciones telefónicas, se tomó conocimiento que la acusada se trasladó ese día a la comuna de Hualpén a fin de abastecerse de sustancias ilícitas. En JPDXQKRBBX Carmen Gloria Duran Vergara Juez oral en lo penal Fecha: 20/07/2020 16:34:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 estas circunstancias, el día antes indicado, alrededor de las 13:40 horas, la encartada HENRÍQUEZ AGÜERO, quien conducía un vehículo de su propiedad marca Suzuki, placa patente única TL.6899, acompañada por otras dos mujeres posteriormente identificadas como Patricia Moreira Fica y la menor Keila Araneda Henríquez, concurre hasta el inmueble ubicado en pasaje 2, casa Nº 2692, villa Los Prados de la Floresta, comuna de Hualpén, estacionando s

Fallo

Por estas consideraciones, se rechaza la solicitud de la defensa, por estimar el tribunal que la cocaína base, droga incautada en estos JPDXQKRBBX Carmen Gloria Duran Vergara Juez oral en lo penal Fecha: 20/07/2020 16:34:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 39 antecedentes, no es de aquellas sustancias descritas en el artículo 1° inciso 2° de la Ley 20.000, que permiten la rebaja de pena requerida. DUODÉCIMO: Que concurre a favor de la enjuiciada Elizabeth Henríquez Araneda la aminorante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, prevista en el artículo 11 N° 9 del Código Penal, toda vez que renunciando a su derecho a guardar silencio, prestó declaración en la etapa investigativa como también durante el juicio reconociendo su participación en el hecho imputado, al asumir que ese día 3 de diciembre de 2018 se trasladó desde la comuna de Yungay, donde tiene su residencia, hacia la comuna de Hualpén a abastecerse de cocaína base, indicando detalladamente todo su accionar logrando dicho cometido para luego dirigi

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1 Concepción, veinte de julio de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha trece, catorce y quince de julio de dos mil veinte, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrada por los jueces, Jaime Rodrigo Vejar Carvajal, quien presidió, Waldemar Augusto Koch Salazar y Carmen Gloria Durán Vergara, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, cor

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