MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS FERNANDO HEINZ CASTILLO NÚÑEZ
Rol
O-1730-2020
Fecha
8 de julio de 2020
Materia
CONTRA SALUD PUBLICA. ARTS. 313 A Y 313 B
Resultado
No especificado
Hechos
Visto que el requerimiento y la propuesta de multa se encuentran suficientemente fundados; y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 318 del Código Penal; y artículos 391 y 392 del Código Procesal Penal, se declara: 1. Que se acoge el requerimiento, sin costas y, en consecuencia, SE CONDENA a LUIS FERNANDO HEINZ CASTILLO NÚÑEZ e IGNACIO ANDRÉS ALAMS HERNÁNDEZ, a pagar cada uno una multa de SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en su calidad de autores del ilícito consumado de infringir normas de salubridad poniendo en peligro la salud pública, acaecida el día 08 de julio de 2020, en territorio jurisdiccional de este tribunal. 2.-La multa deberá enterarse en arcas fiscales mediante depósito efectuado en cuenta corriente N° 6341856-0, (BANCO SANTANDER) DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ; cuyo comprobante de pago deberá ser presentado en este Tribunal, dentro de los 16 días siguientes de notificada la sentencia bajo apercibimiento de no tener por cumplida la misma. 3.-Se instruye al requerido que le asisten los siguientes derechos: a) Aceptar la procedencia de la sanción impuesta, en cuyo caso se tendrá la presente resolución como sentencia ejecutoriada. Lo mismo ocurrirá en el evento que no interponga reclamo dentro del plazo de quince días. En caso que acepte la pena impuesta, podrá pagarla dentro de 15 días contados desde la notificación de la presente sentencia con una rebaja de un 25%, que deberá enterar en arcas fiscales de la forma antes indicada. XXNDQJDHEY Rene Alejandro Subiabre Perez Juez de garantía Fecha: 20/07/2020 13:52:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez r
Fallo
se declara: 1. Que se acoge el requerimiento, sin costas y, en consecuencia, SE CONDENA a LUIS FERNANDO HEINZ CASTILLO NÚÑEZ e IGNACIO ANDRÉS ALAMS HERNÁNDEZ, a pagar cada uno una multa de SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en su calidad de autores del ilícito consumado de infringir normas de salubridad poniendo en peligro la salud pública, acaecida el día 08 de julio de 2020, en territorio jurisdiccional de este tribunal. 2.-La multa deberá enterarse en arcas fiscales mediante depósito efectuado en cuenta corriente N° 6341856-0, (BANCO SANTANDER) DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ; cuyo comprobante de pago deberá ser presentado en este Tribunal, dentro de los 16 días siguientes de notificada la sentencia bajo apercibimiento de no tener por cumplida la misma. 3.-Se instruye al requerido que le asisten los siguientes derechos: a) Aceptar la procedencia de la sanción impuesta, en cuyo caso se tendrá la presente resolución como sentencia ejecutoriada. Lo mismo ocurrirá en el evento que no interponga reclamo dentro del plazo de quince días. En caso que acepte la pena impuesta, podrá pagarla dentro de 15 días contados desde la notificación de la presente sentencia con una rebaja de un 25%, que deberá enterar en arcas fiscales de la forma antes indicada. XXNDQJDHEY Rene Alejandro Subiabre Perez Juez de garantía Fecha: 20/07/2020 13:52:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. nt
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RIT : 1730 - 2020 RUC : 2000685611-0 MATERIA : CONTRA SALUD PÚBLICA. IMPUTADO : LUIS FERNANDO HEINZ CASTILLO NÚÑEZ RUN : 0020653814-7 DOMICILIO : COND. PUERTAS ALCALA PARAD. 14, LA CRUZ IMPUTADO : IGNACIO ANDRÉS ÁLAMOS HERNÁNDEZ RUN : 0020795582-5 DOMICILIO : COND. PUERTAS DE ALCALA 1 BLOCK A DEPTO. 204, LA CRUZ PROCEDIMIENTO : MONITORIO La Calera, ocho de julio de dos mil veinte. A lo principa
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