Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ JULIO CESAR LOPEZ GONZALES

Rol

O-1318-2020

Fecha

17 de julio de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 16 de julio del año 2020 a eso de las 22:37 horas, mientras que personal policial realizaba patrullaje preventivo por la comuna de Pica, específicamente al encontrarse personal policial en calle Simón Bolívar esquina Maipú de dicha comuna, sorprenden a los ocupantes del vehículo PPH KFFL-12 el cual era conducido por JULIO CESAR LOPEZ GONZALES acompañado de FABIOLA AYMAYA MAMANI los cuales al ser consultados si tenían su respectivo salvo conducto, manifestaron no tenerlo, razón por la cual, fueron detenidos en el lugar.”.- Pozo Almonte, diecisiete de julio de dos mil veinte Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena a FABIOLA AYMAYA MAMANI, RUN 24.930.562-6, chilena, domiciliada en Calle Matias de la Fuente Nº 571, comuna de Pica, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 16 de julio del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 1 (Una) Unidad Tributaria Mensual Suspendida Observación: I.- Si la sentenciada paga la multa impuesta dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la sentencia, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta, y en caso que el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberá pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. En ambos casos, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, copia del cual deberá ser presentado al tribunal. II.-En caso de no contar con medios económicos suficientes para pagar la multa impuesta, y conforme a lo previsto en el artículo 49 y siguientes del Código Penal, deberá solicitar se le conceda la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, a razón de ocho horas por cada tercio de unidad tributaria mensual. Para acceder a este beneficio, deberá acompañar al Tribunal antecedentes que funden su p

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y

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