Juzgado de Garantía de Curacaví

MP C/ JUAN CARLOS DÍAZ CERDA

Rol

O-1273-2020

Fecha

17 de julio de 2020

Materia

CONTRA SALUD PUBLICA. ARTS. 313 A Y 313 B

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS 1: “El día 16 de julio del año 2020 a las 10:35 horas aproximadamente a la altura del número 2186 de la calle Javiera Carrera de la comuna de Curacaví, los imputados ya individualizados fueron sorprendidos por funcionarios de Carabineros que transitaban en la vía pública, esto lo hacían sin portar salvoconducto, permiso temporal alguno que los autorizara para dicho tránsito, teniendo ambos imputados domicilio en la comuna de Curacaví, contraviniendo entonces lo establecido en la resolución exenta del Ministerio de Salud No.347 y sus respectivas prorrogas 448-467-479-501 y 520 todas del Ministerio de Salud, las cuales decretaron la cuarentena obligatoria en diversas comunas de la región metropolitana lo anterior relacionado con el decreto VPBWQJLXXX NATALIA EKATERINA LILLO CUEVAS Juez de garantía Fecha: 20/07/2020 10:30:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl supremo No.104 de fecha 18 de marzo de 2020 emitido por el Ministerio del Interior, el cual decreto estado de catástrofe a nivel nacional en virtud de la rápida propagación del virus COVID- 19, poniendo entonces en peligro ambos imputados con su actuar la salud pública. HECHOS 2: “El día 13 de julio del año 2020 a las 11:40 horas aproximadamente a la altura del número 2092 de la Avenida Ambrosio O´Higgins de la comuna de Curacaví, el imputado fue sorprendido por funcionarios de Carabineros transitando en la vía pública, sin portar permiso temporal o salvoconducto alguno que lo facultara para ello, presentando el imputado domicilio en la comuna de Curacaví, co

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se acoge el requerimiento interpuesto por el Ministerio Público, y en consecuencia, se condena HUMBERTO CRISOL GUZMÁN CORTÉS, cédula nacional de identidad N° 10.593.704-0, ya individualizado, como autor del ilícito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, esto es, poner en peligro la salud pública, en grado de desarrollo consumado, cometido los días 13 y 16 de julio del 2020, al pago de una multa de 1 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que 1/3 de Unidad Tributaria Mensual correspondiente a la pena de multa, se le da por cumplida con el tiempo que el requerido ha permanecido privado de libertad con motivo de esta causa, entre los días 16 y 17 de julio de 2020. Que para el pago de los 2/3 de Unidad Tributaria Mensual restantes, se le concede para su pago dos cuotas iguales mensuales y sucesivas de 1/3 Unidad Tributaria Mensual, pagaderas la primera de ellas, a partir de los últimos cinco días del mes siguiente a aquél en que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. El no pago de la multa dará lugar a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. VPBWQJLXXX NATALIA EKATERINA LILLO CUEVAS Juez de garantía Fecha: 20/07/2020 10:30:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establec

Texto Completo (Preview)

RUC : 2000718626-7 RIT : 1273 - 2020 NOMBRE IMPUTADO : HUMBERTO CRISOL GUZMÁN CORTÉS CEDULA DE IDENTIDAD : 0010593704-0 FISCAL : MARCIA RAMIREZ MADARIAGA DEFENSOR : RODRIGO HERNÁN VELÁZQUEZ HECHENLEITNER TRIBUNAL : Juzgado de Garantía de Curacaví FECHA DE SENTENCIA : diecisiete de julio de dos mil veinte TIPO DE RESOLUCIÓN : Sentencia de Procedimiento Simplificado ATENUANTE : Artículo 11 N° 9 del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica