PONCE/OHS SECURITY LTDA
Rol
M-1543-2019
Fecha
22 de septiembre de 2020
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, y el hecho de no haber tampoco comparecido a esta audiencia, solicita al Tribunal haga uso de la facultad prevista en el artículo 453 N° 1 y 7 del Código del Trabajo, se omita la recepción de la causa a prueba, se tengan por tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda y se dicte sentencia de inmediato. El Tribunal resuelve: Se da lugar a la solicitud planteada por la abogada defensora, atendido a que se han realizado todas las instancias, tanto de notificaciones realizadas como de la comparecencia de la cual se citó a esta audiencia de procedimiento especial monitorio de conciliación, contestación y prueba, y no ha comparecido nadie al respecto, en razón de lo anterior el Tribunal hará lugar a lo solicitado, citando a las partes a oír sentencia de forma inmediata. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA.- Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. "Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra íntegramente grabada en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema." SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda deducida por ALBERTO ANTONIO PONCE MORA, Rut 10.455.404-0, en contra de la empresa OHS SECURITY LTDA., Rut 76.421.103-0, representada legalmente por ÁNGEL HIDALGO GUTIÉRREZ, Rut 5.893.294-9, ambos ya individualizados, y se declara que el despido que afectó al actor el día 31 de marzo de 2019 es injustificado, y en consecuencia se condena al pago de las siguientes indemnizaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo, equivalente a $225.000.-; II. Que asimismo se acoge la demanda de cobro de prestaciones, y así la demandada deberá pagar la suma de $90.000.-, correspondiente a sobresueldo, y de $29.700.-, por feriado proporcional. III. Que todas las prestaciones anteriormente indicadas, serán con intereses e reajustes legales. IV. Que se condena en costas a la parte
Fallo
por tanto hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, y el hecho de no haber tampoco comparecido a esta audiencia, solicita al Tribunal haga uso de la facultad prevista en el artículo 453 N° 1 y 7 del Código del Trabajo, se omita la recepción de la causa a prueba, se tengan por tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda y se dicte sentencia de inmediato. El Tribunal resuelve: Se da lugar a la solicitud planteada por la abogada defensora, atendido a que se han realizado todas las instancias, tanto de notificaciones realizadas como de la comparecencia de la cual se citó a esta audiencia de procedimiento especial monitorio de conciliación, contestación y prueba, y no ha comparecido nadie al respecto, en razón de lo anterior el Tribunal hará lugar a lo solicitado, citando a las partes a oír sentencia de forma inmediata. DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA.- Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. "Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra íntegramente grabada en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema." SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda deducida por ALBERTO ANTONIO PONCE MORA, Rut 10.455.404-0, en contra de la empresa OHS SECURITY LTDA., Rut 76.421.103-0, representada legalmente por ÁNGEL HIDALGO GUTIÉRREZ, Rut 5.893.294-9, ambos ya individualizados, y se declara que el despido que afectó al actor el día 31
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 15 de septiembre de 2020. RUC 19-4-0232657-6 RIT M-1543-2019 MAGISTRADO CAMILO OBRADOR CASTRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula López Quezada SALA 1 HORA DE INICIO 11:29 horas.- HORA DE TERMINO 11:51 horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0232657-6-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Alberto Antonio Ponce
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