Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Puerto Montt.

C/ PATRICIO ALEJANDRO CÁRDENAS CÁRDENAS

Rol

O-25-2020

Fecha

14 de julio de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: "El día 09 de octubre del año 2019 alrededor de las 13:00 horas aproximadamente Patricio Alejandro Cárdenas Cárdenas, concurrió con ánimo de sustraer especies hasta la casa habitación de propiedad de don Juan Ariel Silva Cárdenas, ubicada en calle Estero Manso número 2006, Villa Valle La Colonia, Alerce, comuna de Puerto Montt, la cual se encontraba sin moradores en esos momentos, una vez en el lugar premunido de algún elemento contundente ejerció fuerza sobre la chapa de la puerta de acceso ubicada al costado sur del inmueble ingresó al interior de ésta efectuando un registro en busca de especies de valor, sustrayendo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño las siguientes especies; un televisor plasma de 32 pulgadas marca Samsung color negro, 02 decodificadores con sus respectivos controles remotos de la empresa Claro, un secador pelo marca Siegen color rojo y negro, una alisador de pelo color blanco marca Siegen, un alisador de pelo color negro marca Gama, un ondulador de pelo color negro con burdeo marca Gama, una máquina de afeitar marca Phillips, una plancha a vapor color blanco con rosado, una licuadora marca Sindelen, un hervidor de agua marca Sindelen una aspiradora marca wurrden color blanco con gris, un termo color blanco, dos guinchas de medir color negro con amarillo, un medidor de corriente marca Truper color naranjo, un panel de radio musical para vehículo sin marca, una billetera color negro marca Gacel, un teléfono celular color negro marca Sony modelo Z3, una tijera de pelo sin marca, un modem color negro, diferentes abarrotes, un espiral de ejercicios color negro, una mesa de pool pequeña, una carpa armable marca Keumer, una frazada de polar color azul, un bolso de notebook color negro, una parka de niña color rosado talla 10, una parka de varón color gris talla S marca O´neill, una chaqueta de mujer color azul oscuro talla M marca Cacharell, una chaqueta de niña talla 10 marca tribu, una chaqueta de hombre color celeste talla 1

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha nueve recién pasado, ante esta primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, constituido por el juez Presidente de la misma don Francisco Javier del Campo Toledo, y los jueces titulares doña Patricia Miranda Alvarado y don Jaime Rojas Mundaca, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral en la causa rol interno N°25-2020, seguida en contra de PATRICIO ALEJANDRO CÁRDENAS CÁRDENAS, chileno, sin apodos, sin nombres supuestos, natural de Puerto Montt, nacido el día 17 de enero de 1984, 36 años de edad, casado, cédula nacional de identidad N°15.712.832- 9, lee y escribe, 2° medio, carpintero, domiciliado en pasaje Los Ciruelos N°1173 de Alerce Sur, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Alto Bonito. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal adjunta doña Pamela Salgado Rubilar. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público don Rigoberto Marín Andrade. Acusación SEGUNDO: El Ministerio Público, de acuerdo al auto de apertura remitido a este Tribunal, imputó al acusado los siguientes hechos: "El día 09 de octubre del año 2019 alrededor de las 13:00 horas aproximadamente Patricio Alejandro Cárdenas Cárdenas, concurrió con ánimo de sustraer especies hasta la casa habitación de propiedad de don Juan Ariel Silva Cárdenas, ubicada en calle Estero Manso número 2006, Villa Valle La Colonia, Alerce, comuna de Puerto Montt, la cual se encontraba sin moradores en esos momentos, una vez en el lugar premunido de algún elemento contundente ejerció fuerza sobre la chapa de la puerta de acceso ubicada al costado sur del inmueble ingresó al interior de ésta efectuando un registro en busca de especies de valor, sustrayendo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño las siguientes especies; un televisor plasma de 32 pulgadas marca Samsung color negro, 02 decodificadores con sus respectivos controles remotos de la empresa Claro, un secador pelo marca Siegen color rojo y negro, una alisador de pelo color blanco marca Siegen, un alisador de pelo color negro marca Gama, un ondulador de pelo color negro con burdeo marca Gama, una máquina de afeitar marca Phillips, una plancha a vapor color blanco con rosado, una licuadora marca Sindelen, un hervidor de agua marca Sindelen una aspiradora marca wurrden color blanco con gris, un termo color blanco, dos guinchas de medir color negro con amarillo, un medidor de corriente marca Truper color naranjo, un panel de radio musical para vehículo sin marca, una billetera color negro marca Gacel, un teléfono celular color negro marca Sony modelo Z3, una tijera de pelo sin marca, un modem color negro, diferentes abarrotes, un espiral de ejercicios color negro, una mesa de pool pequeña, una carpa armable marca Keumer, una frazada de polar color azul, un bolso de notebook color negro, una parka de niña color rosado talla 10, una parka de varón color gris talla S marca O´neill, una chaqueta de muje

Fallo

por estas figuras, lo cierto es que parece al menos ser algo pacifico que el delito de robo contemplado en el artículo HSNNQXYXZG JAIME ANIBAL ROJAS MUNDACA Juez Redactor Fecha: 14/07/2020 13:34:56 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4 432 del sustantivo, debe ser considerado un delito contra la propiedad y no un delito contra el patrimonio. Aceptar esta última alternativa obligaría a predicar la impunidad de quien se apropia de una especie mueble con un valor comercial de cien mil pesos y deja ciento cincuenta mil a su propietario por las molestias de adquirir una nueva que la reemplazare, hipótesis en las que incluso, el patrimonio del supuesto afectado aumenta en lugar de disminuir. No obstante lo grosero del ejemplo, nadie puede poner en duda, que la conducta de ese agente, realiza el tipo penal de hurto al menos. Agreguemos en esta misma línea, que el delito de robo con fuerza, en cuanto implica una apropiación correlativa de la cosa mueble ajena, que se verifica con rompimiento de la esfera de custodia de su titular, a dif

Texto Completo (Preview)

PUERTO MONTT, Julio catorce de dos mil veinte.- VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha nueve recién pasado, ante esta primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, constituido por el juez Presidente de la misma don Francisco Javier del Campo Toledo, y los jueces titulares doña Patricia Miranda Alvarado y don Jaime Rojas Mundaca, se llevó a efecto la audiencia

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