Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ ELIZABETH GABRIELA DIAZ RENGEL

Rol

O-1136-2020

Fecha

10 de julio de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 9 de julio del año 2020, aproximadamente a las 16:45 horas los imputados ELIZABETH GABRIELA DIAZ RENGEL y don GREGORIO MAMANI SILVA, fueron sorprendidos por personal de Carabineros de Chile en la vía pública en el Poblado Andino de la comuna de Pozo Almonte, y si bien ellos tenían salvo conducto que los autorizaba para ir a retirar alimentos desde establecimiento público, lo cierto es que se encontraban distantes a kilómetros tanto de su domicilio como del establecimiento para el retiro de alimentos, infringían el artículo 318 del cpp , al no tener un permiso atingente atendida la circunstancia en la cual se encontraban, poniendo con ello en peligro la salud pública.” Pozo Almonte, diez de julio de dos mil veinte Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena a ELIZABETH GABRIELA DIAZ RENGEL, cédula de identidad 25.578.639-3, domiciliada en calle Sanfuentes N° 789, Pozo Almonte, como autora del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 9 de julio del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 1 Unidad Tributaria Mensual NO NO Observación: I.- Si la sentenciada paga la multa impuesta dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la sentencia, solo estará obligada a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta, y en caso que el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberá pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. En ambos casos, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, copia del cual deberá ser presentado al tribunal. II.-En caso de no contar con medios económicos suficientes para pagar la multa impuesta, y conforme a lo previsto en el artículo 49 y siguientes del Código Penal, deberá solicitar se le conceda la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, a razón de ocho horas por XMDKQHSNFW Carlos Bernardo Perasso Adunce Juez de garantía Fecha: 13/07/2020 15:18:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGIN

Texto Completo (Preview)

. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica