MP C/ ÁLVARO MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ CAYUPÁN
Rol
O-4680-2020
Fecha
8 de julio de 2020
Materia
AMENAZA CON ARMA (FALTA) ART. 494 Nº 4 CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. RIT 4680 - 2020 RUC 2000685428-2 Pronunciada por doña LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: KAV. XESRQGBDGM LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES Juez de garantía Fecha: 08/07/2020 16:24:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-07-08T20:24:32+0000 Corte Suprema LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 11 N° 9, 15 N°1, 18, 24, 25, 30, 49, 70 y 494 N° 4 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a ÁLVARO MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ CAYUPÁN, RUN N°17.050.919-6, ya individualizado, como autor de la falta de amenazas con arma blanca en perjuicio de Marcelo Salgado Alvarez, cometido en Puerto Montt, el día 07 de Julio de 2020, a la PENA de MULTA de DOS TERCIOS de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena impuesta se le tiene POR CUMPLIDA con la detención que le afectó en la presente causa, los días 07 y 08 de Julio de 2020. III.- Que, se decreta el comiso de la especie incautada a propósito del procedimiento de rigor, autorizándose desde ya, la destrucción de la misma, si así lo estima el Ministerio Público. IV.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. RIT 4680 - 2020 RUC 2000685428-2 Pronunciada por doña LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: KAV. XESRQGBDGM LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES Juez de garantía Fecha: 08/07/2020 16:24:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELEC
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Sentencia: Puerto Montt, ocho de julio de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 11 N° 9, 15 N°1, 18, 24, 25, 30, 49, 70 y 494 N° 4 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297
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