Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales.

MP C/ PAUL IGNACIO DONADONNI SANTANA VIDAL

Rol

O-555-2020

Fecha

8 de julio de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Paul Ignacio Donadonni Santana Vidal, cédula nacional de identidad número 19.168.181-9, trabajador, domiciliado en calle Fresia N°1042, comuna de Puerto Natales. El requerimiento fue formulado por dos delitos consumados descritos en el artículo 318 del Código Penal, correspondiéndole participación en calidad de autor y fundado en los siguientes hechos: Hecho N°1: El día 2 de julio de 2020, a las 22:54 horas aproximadamente, el imputado transitaba por Avenida Santiago Bueras intersección Eusebio Lillo, de Puerto Natales, incumpliendo las normas de salubridad en tiempo de toque de queda que rigen en época de pandemia. Hecho N°2: El día 5 de abril de 2020, el imputado transitaba por calle Baquedano intersección calle Bulnes de Puerto Natales, incumpliendo las normas de salubridad en tiempo de toque de queda que rigen en época de pandemia. SEGUNDO: Que para fundar el requerimiento el Ministerio Público ha invocado los siguientes antecedentes: 1. Partes denuncia respectivos. 2. Testigos que se individualizan. 3. Extracto de filiación y antecedentes del requerido, el cual no registra anotaciones pretéritas. TERCERO: Que la fiscal reconoce la concurrencia de las circunstancias atenuantes del artículo 11 Nºs 6 y 9 del Código Penal y solicitó se le imponga la pena única de seis unidades tributarias mensuales y las costas de la causa. CUARTO: Que el imputado ha manifestado que las circunstancias y hechos contenidos en el requerimiento son efectivos y ha admitido responsabilidad. QUINTO: Que los hechos enunciados por el persecutor en su requerimiento, unido al reconocimiento efectuado por el requerido, resultan suficientes para tener por establecida la existencia de los ilícitos y la participación que le ha correspondido. Sin perjuicio de ello, refuerza la convicción del tribunal los antecedentes recabados durante la investigación y que han sido referidos en el motivo segundo. CXQYQGNQEG Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 08/07/2020 09:10:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl SEXTO: Que la abogada defensora pide recalificar los hechos a la falta del artículo 495 N°1 del estatuto penal y se conforme con la pena. En todo caso pide, atendida las razones expuestas, se suspenda la imposición de la condena según lo dispone el artículo 398 del estatuto procesal penal. Finalmente solicita se le

Fallo

SE DECLARA: I. Que se acoge el requerimiento en procedimiento simplificado presentado por el ministerio público y se condena a Paul Ignacio Donadonni Santana Vidal, cédula nacional de identidad número 19.168.181-9, como autor de dos delitos contemplados en el artículo 318 del Código Penal, a sufrir la pena pecuniaria única equivalente a seis (6) unidades tributarias mensuales. II. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, ésta le será sustituida conforme disponen los artículos 49 y siguientes del Código Penal. III. Que se dispone la suspensión de la pena impuesta y de sus efectos, por el plazo de seis meses, conforme lo dispone el artículo 398 del Código Procesal Penal. IV. Que se exime al sentenciado del pago de las costas. Regístrese, notifíquese y archívese. RIT 555-2020 RUC 2000667685-6 Dictada por don Jorge Lavin Saint-Pierre, Juez de Garantía Titular. CXQYQGNQEG Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 08/07/2020 09:10:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-07-08T10:10:29-0300 Corte Su

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Natales Procedimiento Simplificado RIT 555-2020 RUC 2000667685-6 Imputado: Paul Santana Vidal Materia: Delito art. 318 Código Penal Juez Titular: Jorge Lavin Saint-Pierre Fecha de ingreso: 3 de julio de 2020 Fecha de sentencia: 8 de julio de 2020 Código: 535 Puerto Natales, a ocho de julio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo dispuesto

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica