Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ JOSMANI ARIEL ORTEGA ORCKO

Rol

O-1110-2020

Fecha

7 de julio de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 6 de julio del año 2020 a eso de las 21:25 horas toda vez que personal de Carabineros se encontraba realizando patrullajes preventivas en la comuna de Pozo Almonte en calle Suri al llegar a calle los huanca proceden a controlar a un hombre individualizado como JASMANI ARIEL ORTEGA ORCKO el cual se le solicito su respectivo permiso personal individual para transitar zona de cuarentena total, a lo cual manifiesta no tener dicho documento, razón por la cual fue detenido en el lugar.” Por no contar con los permisos para transitar por la vía pública, infringiendo con ello la resolución Nº 217/30.03.2020 del Ministerio de Salud que dispone medidas sanitarias que indica”. VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO

Fallo

SE DECLARA: Que en Pozo Almonte con fecha 7 de julio del año 2020, se acoge el requerimiento, en consecuencia, se condena a JASMANI ARIEL ORTEGA ORCKO, cédula de Identidad N° 26.921.289-6, domiciliada en calle 21 de mayo N° 983 Pozo Almonte, nacionalidad Boliviano, en su calidad de autor del delito de INFRACCIÓN DE LAS NORMAS HIGIÉNICAS O DE SALUBRIDAD, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de consumado, cometido el día 6 de julio del año 2020, en territorio jurisdiccional de este tribunal, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 6 unidades tributaria mensual No Pena suspendida Observación:  Si el sentenciado no pagare la multa impuesta a cada uno, esta podrá ser sustituida en los términos del artículo 49 del Código Penal, esto es, por prestación de servicios en beneficio de la comunidad; o por días de reclusión, según corresponda.  Se deja constancia que para efectos de la sustitución de la multa se considera un día de abono, por el tiempo que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. DERECHOS QUE ASISTEN AL IMPUTADO I.- Que dispone de la facultad de aceptar el requerimiento y la multa impuesta, la que se entenderá ejercida, si dentro del término de 15 días a contar de la notificación de la presente resolución, paga o nada expone, caso en la cual la presente resolución tendrá el carácter de sentencia ejecutoriada. Con todo, si el pago se efectuare dentro del término de los 15 dí

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y

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