CBO 1° GABRIEL LAUTARO LINCOPI HUECHUCOY C/ PABLO ARIEL TORRES TORRES
Rol
O-1500-2017
Fecha
2 de julio de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 03 de diciembre de 2016, aproximadamente a las 03:35 horas el imputado PABLO ARIEL TORRES TORRES, ya individualizado, conducía el vehículo placa patente CRDF 20 con 1.79 gramos por mil de alcohol en la sangre y sin tener licencia de conducir, por calle Carancavar de la comuna de Peñalolén. A la altura del N° 1820 de la mencionada calle impactó el vehículo placa patente RG 4457, de propiedad de JUAN GODOY CAMILLA, el que se encontraba estacionado en el lugar, ocasionándole daños avaluados en la suma de $ 400.000.- Delito y grado de desarrollo Conducción en estado de ebriedad sin licencia, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, en grado de desarrollo de consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes No concurrenCircunstancias modificatorias Agravantes No concurren SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don PABLO ARIEL TORRES TORRES, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales por el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de Conducción en estado de ebriedad sin licencia, hecho ocurrido el día 03 de diciembre de 2016, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos del artículo 3° y 4° de la ley 18.216, con las modificaciones introducidas por la ley 20.603, se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS, y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. Américo Vespucio N° 645, de la comuna de Ñuñoa, a más tardar el día 09 de julio de 2020, bajo apercibimiento de revocársele si no se presenta en
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don PABLO ARIEL TORRES TORRES, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales por el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de Conducción en estado de ebriedad sin licencia, hecho ocurrido el día 03 de diciembre de 2016, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos del artículo 3° y 4° de la ley 18.216, con las modificaciones introducidas por la ley 20.603, se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS, y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. Américo Vespucio N° 645, de la comuna de Ñuñoa, a más tardar el día 09 de julio de 2020, bajo apercibimiento de revocársele si no se presenta en la fecha señalada, o si no cumple injustificadamente con sus presentaciones periódicas en FCZNQFDNME JACQUELINE ROSINA COFRE GARCIA Juez de garantía Fecha: 03/07/2020 21:19:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1601145521-6 RIT : 1500 – 2017 IMPUTADO : PABLO ARIEL TORRES TORRES Cédula de Identidad : 17.065.164-2 PROCEDIMIENTO : ABREVIADO Fecha de sentencia : Dos de julio de dos mil veinte JUEZ : JACQUELINE COFRE GARCIA Hechos El día 03 de diciembre de 2016, aproximadamente a las 03:35 horas el imputado PABLO ARIEL TORRES TORRES, ya individualizado, con
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica