MP C/ FROILÁN AURELIO SILVA ZÚÑIGA
Rol
O-693-2019
Fecha
3 de julio de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 3 de abril de 2019 alrededor de las 6:50 horas aproximadamente, los imputados ingresaron mediante escalamiento , esto es, forzando un fierro de protección de la ventana de la parte posterior de un local comercial ubicado en calle La Candelaria 2058 de la Población Candelaria de San Pedro de la Paz, ingresando por esa ventana y sustrayendo y apropiándose RSKGQFDGDC Alicia Valentina Bravo Ojeda Juez de garantía Fecha: 03/07/2020 15:12:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl desde el interior del dicho local de una suma aproximada de $1.000.000 en monedas, dinero en efectivo huyendo con las especies en su poder. La presente acta solo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo solo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro 1910015283-3-1075 San Pedro de la Paz tres de julio de dos mil veinte. Por estas consideraciones y además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 12 N° 16, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 60, 67, 69, 442 N° 1, 439 del Código Penal, , artículos 297, 340, 342, 348, 388, 389, 393 bis, 395 y 407 del Código Procesal Penal, se DECLARA: I.- Que se condena a FROILAN AURELIO SILVA ZUÑIGA cédula Nacional de identidad N° 18.418.483-4, como autor del delito de Robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el articulo 442 N° 1 en relación al 439 del Código Penal en grado de desarrollo frustrado, perpetrado el día 3 de abr
Fallo
Por estas consideraciones y además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 12 N° 16, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 60, 67, 69, 442 N° 1, 439 del Código Penal, , artículos 297, 340, 342, 348, 388, 389, 393 bis, 395 y 407 del Código Procesal Penal, se DECLARA: I.- Que se condena a FROILAN AURELIO SILVA ZUÑIGA cédula Nacional de identidad N° 18.418.483-4, como autor del delito de Robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el articulo 442 N° 1 en relación al 439 del Código Penal en grado de desarrollo frustrado, perpetrado el día 3 de abril de 2019 en la comuna de San Pedro de la Paz a sufrir la pena de 457 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y no se condena en costas. II.- Teniendo presente el tiempo que se ha encontrado privado de libertad desde el 3 de abril de 2019 a la fecha, 457 días, se da por cumplida debiendo por tanto darse orden de libertad. Cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y DESE COPIA. RUC 1910015283-3 RIT 693-2019 DIRIGIÓ LA AUDIENCIA Y DICTÓ LA SENTENCIA DOÑA ALICIA VALENTINA BRAVO OJEDA, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN PEDRO DE LA PAZ. RSKGQFDGDC Alicia Valentina Bravo Ojeda Juez de garantía Fecha: 03/07/2020 15:12:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada
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AUDIENCIA DE PREPARACIÓN JUICIO ORAL.. Fecha San Pedro de la Paz., tres de julio de dos mil veinte Magistrado ALICIA VALENTINA BRAVO OJEDA Fiscal Marcia Matus Carrasco- Defensor Román Lagazzi Aravena. Imputado FROILÁN AURELIO SILVA ZÚÑIGA, Rut 0018418483-4, domiciliado en Pasaje 35 casa 141 Candelaria, San Pedro de la Paz, 25 años, obrero Hora inicio 09:44AM Hora término 10:01AM Sala Sala 2 Video
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