Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ CORNEJO

Rol

O-3609-2019

Fecha

1 de julio de 2020

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Respecto del imputado Fernando Andrés Vetanzo Maturana, artículo 11 N° 6 del Código Penal, respecto del imputado Pedro Pablo Galarce Arredondo, artículo 11 N° 6 del Código Penal a la fecha de ocurrencia de los hechos y respecto de todos los imputados, artículo 11 N° 9 del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Respecto al imputado Fernando Andrés Vetanzo Maturana. Hecho N° 1: El día 24 de julio de 2019, en horas de la mañana, la policía de investigaciones concurrió al domicilio ubicado en Calle Soraya Cortes Lira Nº 1368 de Rancagua, que corresponde al domicilio de los padres del imputado y es utilizado por el imputado como taller, para guardar vehículos robados, desarmar vehículos y clonarlos. Fue así como la policía pudo constatar el 24 de julio de 2019 aproximadamente a las 12,15 horas, que en el interior de este domicilio se encontraba el vehículo marca Ssangyong, modelo Actyon Sport, color blanco, con su motor fuera de lugar toda vez que en ese preciso momento el imputado se disponía junto con el coimputado VICTOR CACERES SEPULVEDA a realizar la tarea de transformarlo, borrando su identificación de origen para grabar en su lugar la correspondiente al vehículo PPU JXSD-12. Lo anterior, por cuanto el vehículo PPU JXSD-12 había sido adquirido hace un tiempo atrás a bajo costo, para su desarme y venta por piezas, y con la finalidad de poder utilizar su identidad en un vehículo robado. CHXSQFGXJX Loreto Alejandra Salas Cortes Juez de garantía Fecha: 03/07/2020 12:43:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una h

Fallo

se declara: I.- Que se condena a FERNANDO ANDRÉS VETANZO MATURANA, C.I. N° 15.525.891-8, ya individualizado, a la sufrir la PENA ÚNICA DE CINCO AÑOS DE PRESIDIO CHXSQFGXJX Loreto Alejandra Salas Cortes Juez de garantía Fecha: 03/07/2020 12:43:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena del artículo 29 del Código Penal, y a sufrir la PENA DE MULTA A BENEFICIO FISCAL ASCENDENTE A DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad en calidad de autor de ocho ilícitos consumados de RECEPTACION DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) inciso tercero del Código Penal, hechos perpetrados con fecha 29 de enero, 29 de marzo y 24

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA uno de julio de dos mil veinte. Ruc: 1900360158-K Rit: 3609 - 2019 Hora Inicio: 11:22 Hora Término: 12:43 Juez: LORETO ALEJANDRA SALAS CORTES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: VÍCTOR EDUARDO CÁCERES SEPÚLVEDA C.I. N° 13.701.304

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