ROBLES/BRAVO Y AGUIRRE LIMITADA
Rol
O-274-2020
Fecha
15 de septiembre de 2020
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparece EUGENIO HUMBERTO ROBLES BUGUEÑO, técnico, RUT 17.369.707-4, domiciliado en calle pedro de Valdivia n° 2449, Iquique, quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General por despido injustificado, indemnizaciones y cobro de prestaciones adeudadas en contra de BRAVO Y AGUIRRE LIMITADA, persona jurídica, RUT 76.936.746-2, representada legalmente por JOSEFINA AGUIRRE FLORES, ignora profesión u oficio, RUT 10.012.254-5, ambos con domicilio en calle Las Rosas n° 2124, Iquique. Relata que con fecha 20 de Marzo de 2012 fue contratado por la demandada para prestar servicios de técnico para servicio técnico en línea blanca de distintas marcas en la ciudad de Arica y luego en Iquique, para revisión, reparación y mantención de artefactos, en virtud de contrato de trabajo indefinido. A partir del día 6 de junio de 2018 suscribieron un anexo de contrato en la cual se comprometió a prestar las labores de técnico pero desde esa fecha en la ciudad de Iquique. Su remuneración mensual promedio de los últimos tres meses trabajados ascendía a la suma de $496.250.- (cuatrocientos noventa y seis mil doscientos cincuenta pesos) Señala que el día 23 de febrero de 2020 fue notificado mediante mensajería de whatsapp por su jefa doña Josefina Aguirre de su despido a contar de esa misma fecha y sin entregarme carta de aviso de despido, para luego, el día 4 de marzo de 2020, recibir en su domicilio carta de aviso de despido de fecha 24 de febrero de 2020 que señalaba lo siguiente: Ud. no se presentó a trabajar en las oficinas de Bravo y Aguirre, por lo que se le presentará su finiquito ante las oficinas de la Inspección del Trabajo como lo indica su contrato, toda documentación se realizará en casa matriz ubicada en la ciudad de Arica. Su finiquito se origina de acuerdo al artículo 160 N° 4 letra a) 4 letra b) y N° 7 del Código del Trabajo. La notificación se realiza el día 2 de marzo de 2020. Afirma que siendo despedido el señalado día sin que se le dieran mayores explicaciones, ni menos invocar una causal legal que justificara tal decisión, es suficiente para entender que su despido fue injustificado Por ello pide declarar que su despido fue injustificado y condenara a la demandada al pago de las indemnizaciones y recargos legales. SEGUNDO: Que, contestando la demanda, se solicitó el rechazo de la misma, negando los hechos sostenidos en el libelo. Así, JESUS MANUEL CACERES VILLALOBOS, abogado, en representación convencional de SOCIEDAD BRAVO Y AGUIRRE LTDA., señala ser efectivo que el demandante prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la empresa en las fechas allí señaladas, pero que el término de la relación laboral se habría producido el día 02 de Marzo del año en curso, fecha en la cual se le habría remitido la respectiva carta de despido. En cuanto a la remuneración percibida por el actor, para los efectos previstos en el artículo 172 del Código del Trabajo, efectivamente ascendería a un tota
Fallo
SE RESUELVE: I.-Se acoge la demanda intentada por doña EUGENIO HUMBERTO ROBLES BUGUEÑO en contra de BRAVO Y AGUIRRE LIMITADA, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la actora las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $496.250.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- La suma de $ 3.970.000.- por concepto de indemnización por años de servicios. 3.- La suma de $ 1.985.000.- por concepto de recargo legal del artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. Las sumas ordenadas pagar deberán serlo más los intereses y reajustes legales, de conformidad a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a la demandada por resultar vencida. Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. RIT O-274-2020 Dictada por don Francisco Javier Vargas Vera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique.
Texto Completo (Preview)
Iquique, quince de septiembre de dos mil veinte. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparece EUGENIO HUMBERTO ROBLES BUGUEÑO, técnico, RUT 17.369.707-4, domiciliado en calle pedro de Valdivia n° 2449, Iquique, quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General por despido injustificado, indemnizaciones y cobro de prestaciones adeudadas en contra de BRAVO Y AGUIRRE LIMITADA, persona
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica