FISCALIA IQUIQUE C/ VIVIANA NORMA PEREYRA TABORGA
Rol
O-313-2020
Fecha
30 de junio de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 18 de enero de 2020, siendo aproximadamente las 05:00 horas personal del servicio nacional de aduanas ejerciendo funciones propias dentro de la zona primaria de la avanzuada aduanera del Rio Loa de la comuna de Iquique procedieron a fiscalizar a los pasajeros del bus de la empresa PULLMAN BUS que iba con destino a Santiago pudiendo descubrir que la acusadas ya individualizadas transportaban adosado a su cuerpo cinco paquetes contenedores de cocaína; en el caso de la acusada VIVIANA NORMA PEREYRA TABORGA con un peso de 2 kilo 60 gramos de cocaína y en el caso de DINA PEREIRA TABORGA con un peso de 2 kilo 48 gramos DELITO TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000 PARTICIPACIÓN: AUTOR GRADO DE EJECUCIÓN: CONSUMADO ADMISIÓN SI MODIFICATORIAS ART 11 N° 6 y ART 11 N° 9 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que, se condena a VIVIANA NORMA PEREYRA TABORGA, cédula de identidad Nº 0014875644-9 y DINA PEREIRA TABORGA, cédula de identidad Nº 0014875581-7, ya individualizados, como autor del delito consumado de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en la cuidad Iquique, el día 18 de enero de 2020, a sufrir cada una de ellas las penas de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo En caso de revocación se considerará como abono todo el tiempo que las condenadas han estado privados de libertad en razón de la presente causa, esto es desde el día 18 de enero de 2020 hasta que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada con el descuento de los PZJRQDRXEW Frederick Arturo Rocco Alvarado Juez de garantía Fecha: 30/06/2020 22:57:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hil
Fallo
SE DECLARA: Que, se condena a VIVIANA NORMA PEREYRA TABORGA, cédula de identidad Nº 0014875644-9 y DINA PEREIRA TABORGA, cédula de identidad Nº 0014875581-7, ya individualizados, como autor del delito consumado de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en la cuidad Iquique, el día 18 de enero de 2020, a sufrir cada una de ellas las penas de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo En caso de revocación se considerará como abono todo el tiempo que las condenadas han estado privados de libertad en razón de la presente causa, esto es desde el día 18 de enero de 2020 hasta que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada con el descuento de los PZJRQDRXEW Frederick Arturo Rocco Alvarado Juez de garantía Fecha: 30/06/2020 22:57:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl días con que se dio por cumplida la pena pecuniaria impuesta. Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibic
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Iquique, treinta de junio de dos mil veinte Magistrado FREDERICK ARTURO ROCO ALVARADO Fiscal EDUARDO RÍOS BRIONES Defensor MARIO EDUARDO VILLABLANCA MORALES Hora inicio 10:40AM Hora termino 10:52AM Sala VIDEOCONFERENCIA Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta mje/hev RUC 2000069982-K RIT 313 – 2020 DELITO TRAFICO ILICITO DE
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