MP C/ LUIS ALBERTO AMPUERO VARGAS
Rol
O-233-2020
Fecha
25 de junio de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, los antecedentes de investigaciones y manifiesta su conformidad con la aplicación del procedimiento abreviado. El tribunal dicta sentencia, la cual se encuentra íntegra en el registro de audio, ordenando transcribir sólo lo resolutivo de la misma: Por estas consideraciones y teniendo presente además los artículos 7°, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N° 1, 30, 67, 70 del Código Penal, artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 110, 196 y 209 de la Ley 18.2190, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a don LUIS ALBERTO AMPUERO VARGAS, cédula de identidad 16.533.929-0, ya individualizado, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad calificado, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 209 de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, por el hecho ocurrido el día 25 de febrero del 2020, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MEDIO, SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO durante el tiempo que dure la condena, MULTA DE DOS UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR CINCO AÑOS II.- Que no reuniéndose en este caso los requisitos para proceder a alguna pena sustitutiva, su cumplimiento será de carácter efectivo. III.- Que la multa impuesta se deberá pagar en pesos en el valor equivalente que tenga la Unidad Tributaria Mensual al momento de su pago, concediéndose al sentenciado cuatro cuotas de media UTM para el pago de la misma, mensuales, iguales y sucesivas, comenzando el mes de julio del año en curso y así sucesivamente, bajo apercibimiento que el no pago de cualquiera de QBPNQEMCXC Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida Juez de garantía Fecha: 01/07/2020 11:17:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente además los artículos 7°, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N° 1, 30, 67, 70 del Código Penal, artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 110, 196 y 209 de la Ley 18.2190, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a don LUIS ALBERTO AMPUERO VARGAS, cédula de identidad 16.533.929-0, ya individualizado, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad calificado, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 209 de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, por el hecho ocurrido el día 25 de febrero del 2020, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MEDIO, SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO durante el tiempo que dure la condena, MULTA DE DOS UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR CINCO AÑOS II.- Que no reuniéndose en este caso los requisitos para proceder a alguna pena sustitutiva, su cumplimiento será de carácter efectivo. III.- Que la multa impuesta se deberá pagar en pesos en el valor equivalente que tenga la Unidad Tributaria Mensual al momento de su pago, concediéndose al sentenciado cuatro cuotas de media UTM para el pago de la misma, mensuales, iguales y sucesivas, comenzando el mes de julio del año en curso y así sucesivamente, bajo apercibimiento que el no pago de cualquiera de QBPNQEMCXC Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida Juez de garantía Fecha: 01/07/2020 11:17:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALI
Texto Completo (Preview)
Unidad de Garantía Individualización de Audiencia de preparación juicio oral. Fecha Puerto Aisén, veinticinco de junio de dos mil veinte Magistrado Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida Fiscal Pedro Emilio Poblete Viejo Defensor Privado Pablo Fernando Arias Andrade Hora inicio 12:07PM Hora termino 12:40PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen. Acta cnl RUC 2000217104-0 RIT 2
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