Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ RICARDO ALBERTO

Rol

O-7044-2020

Fecha

25 de junio de 2020

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos íntegros en audios) ACTUACIONES Y RESOLUCIONES: Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 6 del Código Penal. Hechos: El día 24 de junio de 2020 aproximadamente a las 12:00 horas en la intersección de Av. Las Torres con Pasaje N° 2 de la ciudad de Rancagua, personal de carabineros sorprende al imputado Ricardo Alberto Cornejo González, transitando por vía pública en circunstancias que este no contaba con salvo conducto ni permiso temporal otorgado por la autoridad competente, incumpliendo con ello la resolución exente N° 467 del Ministerio de Salud que decreto cuarentena en las comunas de Rancagua y Machalí, lo anterior en el contexto de estado de excepción constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, conforme al Decreto Supremo N° 104 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado mediante el Decreto Supremo 269 publicado en el diario oficial el día 12 de junio de 2020. Procedimiento Simplificado. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA A RICARDO ALBERTO CORNEJO GONZÁLEZ, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, consumado, hecho cometido en Rancagua el día 24 de junio de 2020. II.- Atendida la circunstancia atenuante que concurre respecto del condenado, del artículo 11 N° 6 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la pena y sus efectos por el periodo de 6 meses transcurrido el cual sin que sea objeto de nuevo requerimiento o formalización esta sentencia será dejada sin efecto y en su reemplazo se decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. En caso contrario va hacer llamado para el

Fallo

Se declara ajustada a derecho. (Vistos íntegros en audios) ACTUACIONES Y RESOLUCIONES: Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 6 del Código Penal. Hechos: El día 24 de junio de 2020 aproximadamente a las 12:00 horas en la intersección de Av. Las Torres con Pasaje N° 2 de la ciudad de Rancagua, personal de carabineros sorprende al imputado Ricardo Alberto Cornejo González, transitando por vía pública en circunstancias que este no contaba con salvo conducto ni permiso temporal otorgado por la autoridad competente, incumpliendo con ello la resolución exente N° 467 del Ministerio de Salud que decreto cuarentena en las comunas de Rancagua y Machalí, lo anterior en el contexto de estado de excepción constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, conforme al Decreto Supremo N° 104 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado mediante el Decreto Supremo 269 publicado en el diario oficial el día 12 de junio de 2020. Procedimiento Simplificado. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA A RICARDO ALBERTO CORNEJO GONZÁLEZ, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, consumado, hecho cometi

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA veinticinco de junio de dos mil veinte Ruc: 2000640091-5 Rit: 7044 - 2020 Hora Inicio: 14:57 Hora Termino: 15:12 Juez: Andrea Paola Urbina Salazar Tipo De Audiencia: Control De Detención Imputado: Ricardo Alberto Cornejo González C.I N° 10552482-K

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