8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ SERGIO ALEJANDRO ARISMENDI INOSTROZA

Rol

O-8574-2019

Fecha

26 de junio de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de SERGIO ALEJANDRO ARISMENDI INOSTROZA, 34 años, C.I. N° 0016384947-K, domiciliado en Calle Los Espinos 3948, comuna de Macul, a quien se atribuye participación de autor en un delito de hurto. El requerimiento se funda en los siguientes hechos: “El día 15 de noviembre de 2019, siendo alrededor de las 02:27, el requerido Sergio Alejandro Arismendi Inostroza concurre hasta el edificio ubicado en Avda. José Pedro Alessandri N° 1495, en la Comuna de Ñuñoa, ingresando por un portón de acceso hasta el edificio, sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, desde el nivel -2, una rueda de bicicleta marca Trek, avaluada en la suma de $40.000, de propiedad de Luisa Falcón Pereza, siendo sorprendido por el conserje del edificio”. El Ministerio Público solicitó para el imputado la pena de 55 días de prisión, accesorias y multa de 1/3 de U.T.M., sin costas. Por su parte el imputado admitió responsabilidad, en tanto que su defensa no cuestionó la pretensión de la fiscalía solicitando que la pena privativa de libertad y la de multa se den por cumplidas. SEGUNDO: Que habiendo admitido responsabilidad el imputado en los hechos señalados en el requerimiento, se tiene por establecido la existencia de los mismos, así como –también- la participación culpable que ha correspondido al requerido. Se califican los hechos como un delito de hurto en grado de frustrado, previsto y sancionado en los artículos 432 y 446 N° 3 del Código Penal. Concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal y la agravante del artículo 12 N° 15, resultando procedente la pena solicitada y no pudiendo el sentenciador imponer una superior en este procedimiento. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 15, 14, 15, 25, 30, 49, 51, 67, 70, 432 y 446 N° 3 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Se condena a SERGIO ALEJANDRO ARISMENDI

Fallo

se declara que: I.- Se condena a SERGIO ALEJANDRO ARISMENDI INOSTROZA, como autor del delito frustrado de hurto, cometido en jurisdicción de este Tribunal con fecha 15 de noviembre de 2019, a la pena de 55 días de prisión en su grado máximo, suspensión de cargo público por el mismo plazo y multa de 1/3 de unidad tributaria mensual. II.- La pena privativa de libertad y la de multa, impuestas al sentenciado, se le tienen por íntegramente cumplidas con cargo a los días que permaneció privado de libertad en esta causa, desde el 15 de noviembre de 2019 y hasta el 10 de enero de 2020, fecha esta última en la cual ingresó a cumplir condena por otra causa (según se informó en la audiencia sin controversia), período que hace un total de 56 días. III.- Se exime al sentenciado del pago de las costas, toda vez que no fueron solicitadas por el Ministerio Público. Los intervinientes renuncian al plazo para interponer recursos, quedando ejecutoriada esta sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC N° 19012352010. RIT N° 8574-2019. Resolvió don DANIEL EDUARDO ARAVENA PÉREZ, Juez de Garantía de Santiago. NJHSQDHXYM DANIEL EDUARDO ARAVENA PEREZ Juez de garantía Fecha: 30/06/2020 09:21:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental.

Texto Completo (Preview)

8° Juzgado de Garantía de Santiago Causa Rit N° 8574 - 2019. Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se presentó requerimiento en contra de SERGIO ALEJANDRO ARISMENDI INOSTROZA, 34 años, C.I. N° 0016384947-K, domiciliado en Calle Los Espinos 3948, comuna de Macul, a quien se atribuye participación de autor en un delito de hurto. El requerimiento s

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