Juzgado de Letras y Garantía de Hualaihue

ANGELA BERNARDITA MANCILLA ZUÑIGA C/ KEVIN LEONARDO VILLAGRÁN PÉREZ

Rol

O-275-2019

Fecha

25 de junio de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. Anótese, regístrese y archívese. Se apercibe al sentenciado para que, en CINCO días más tome contacto telefónico en el fono contacto 65-2-207720 con el CRS de Puerto Montt a objeto de coordinar el inicio del cumplimiento de la medida sustitutiva aplicada. RIT 275 - 2019 RUC 1901213987-2 Dictada por doña MARÍA JOSÉ ROJAS MIRANDA, Jueza Interina del Juzgado de Garantía de Hualaihué. Se deja constancia que la audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal, de conformidad al artículo 48 del acta 91 de la Excma. Corte Suprema. EDXSQCJRTR MARIA JOSE ROJAS MIRANDA Juez de garantía Fecha: 25/06/2020 14:43:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-06-25T14:45:03-0300 Corte Suprema MARIA JOSE ROJAS MIRANDA Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 50 y 442 N° 1 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 4° de la Ley 18.216 y Ley 20.603, se declara: I.- Que, se CONDENA a KEVIN LEONARDO VILLAGRÁN PÉREZ, RUN N° 19.029.071-9, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado en perjuicio de Ángela Bernardita Mansilla Zuìiga, cometido en esta comuna el día 09 de noviembre del 2019, a la PENA de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos de los artículos 4° y siguientes de la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, se APLICA la medida sustitutiva de remisión condicional por el término mínimo establecido en la ley, esto es, por UN AÑO y en el evento de revocación del mismo, le servirá de abono los DOS días de detención sufridos en la presente causa, esto es, los días 24 y 25 de junio del 2020, periodo durante el cual deberá – igualmente - cumplir todas las condiciones del artículo 5° de la referida Ley. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes re

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Hornopirén, a veinticinco de junio de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 50 y 442 N° 1 del Código Penal; artículos 45, 47

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