MP C/ MIRKO SEBASTIÁN CONEJEROS ZAMORANO
Rol
O-22-2020
Fecha
22 de junio de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 21 de marzo de 2019 alrededor de las 15:30 hrs, los acusados MIRKO SEBASTIAN CONEJEROS ZAMORANO, JORDAN ANDRES OCHOA ROJAS y CRISTOPHER ANDRES ORREGO GONZALEZ ingresaron a la Tienda Family Shop ubicada en Av. Ohiggins Nº 686 de San Fernando, y desde su interior sustraen con ánimo DMJSQBVTTF Marisol Alejandra Lopez Machuca Juez Redactor Fecha: 22/06/2020 12:57:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de lucro y contra la voluntad de su dueño unos percheros exhibidores de ropa ubicados al ingreso de la tienda en los que se mantenían 23 sueter de mujer, otros 11 sueter de mujer, otros 6 sueter de mujer, 11 pantalones de mujer marca ST, otros 4 pantalones de mujer color negro y blanco a cuadrille, otros 4 sueters color rojo y un sueter color negro especies avaluadas en $679.400.- pesos con las cuales los acusados salieron de la tienda dandose a la fuga con la ropa sustraida logrando ser detenidos en momentos posteriores”. (sic) Los hechos de la acusación, el Fiscal los calificó jurídicamente como constitutivos de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado de consumado, (luego en el juicio modificó su apreciación en cuanto al grado de desarrollo, postulando que se trató de un delito frustrado) en el que le correspondió al acusado una participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del mismo cuerpo legal. Señaló que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y solicitó se impusiera al enca
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Individualización de los Intervinientes. Ante este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Fernando, constituido por el Juez Presidente de sala, Carlos Pérez Díaz y los magistrados Felipe Cortés Ibacache y Marisol López Machuca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT 22-2020, seguida en contra del acusado Mirko Sebastián Conejeros Zamorano, cédula de nacional de identidad N° 20.029.952-3, nacido en Rancagua el 10 de octubre de 1999, de actuales 20 años de edad, domiciliado Villa Alto Los Cipreses, pasaje Michay N° 783, comuna de Rancagua. Sostuvo la acusación del Ministerio Público, el Fiscal, Víctor Bobadilla Gómez, en tanto la defensa estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública, Paula Páez González, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. La audiencia de juicio se llevó a cabo de manera semipresencial, a través de la plataforma virtual Zoom, encontrándose en dependencias del tribunal los magistrados Pérez y Cortés y la defensora junto al acusado. En tanto, la magistrada López y el fiscal, se conectaron de manera remota. Segundo: Acusación. El Ministerio Público fundó la acusación en los siguientes hechos: “El día 21 de marzo de 2019 alrededor de las 15:30 hrs, los acusados MIRKO SEBASTIAN CONEJEROS ZAMORANO, JORDAN ANDRES OCHOA ROJAS y CRISTOPHER ANDRES ORREGO GONZALEZ ingresaron a la Tienda Family Shop ubicada en Av. Ohiggins Nº 686 de San Fernando, y desde su interior sustraen con ánimo DMJSQBVTTF Marisol Alejandra Lopez Machuca Juez Redactor Fecha: 22/06/2020 12:57:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de lucro y contra la voluntad de su dueño unos percheros exhibidores de ropa ubicados al ingreso de la tienda en los que se mantenían 23 sueter de mujer, otros 11 sueter de mujer, otros 6 sueter de mujer, 11 pantalones de mujer marca ST, otros 4 pantalones de mujer color negro y blanco a cuadrille, otros 4 sueters color rojo y un sueter color negro especies avaluadas en $679.400.- pesos con las cuales los acusados salieron de la tienda dandose a la fuga con la ropa sustraida logrando ser detenidos en momentos posteriores”. (sic) Los hechos de la acusación, el Fiscal los calificó jurídicamente como constitutivos de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado de consumado, (luego en el juicio modificó su apreciación en cuanto al grado de desarrollo, postulando que se trató de un delito frustrado) en el que le correspondió al acusado una participación en calida
Fallo
por tanto el delito dentro de las hipótesis del N°2 del artículo 446 DMJSQBVTTF Marisol Alejandra Lopez Machuca Juez Redactor Fecha: 22/06/2020 12:57:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl del código punitivo, ya que equivale a una suma que excede de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasa de cuarenta, considerando para ello el valor de dicha unidad monetaria en el mes de marzo de 2019, esto es, $48.353 según la información pública y oficial del Servicio de Impuestos Internos (Consultada a través del sitio web de dicha institución, específicamente en la página http://www.sii.cl/valores_y_fechas/utm/utm2019.htm). Se estableció asimismo que el ilícito de hurto alcanzó el grado de desarrollo consumado, puesto que se concretaron los elementos objetivos y subjetivos del respectivo tipo penal y se afectó el bien jurídico comprometido que es la propiedad. En este delito correspondió al acusado Mirko Sebastián Conejeros Zamorano una participación culpable en calidad de autor ejecutor inmediato y directo, ello conforme a la pond
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San Fernando, veintidós de junio de dos mil veinte. VISTO, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Individualización de los Intervinientes. Ante este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Fernando, constituido por el Juez Presidente de sala, Carlos Pérez Díaz y los magistrados Felipe Cortés Ibacache y Marisol López Machuca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa
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