MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ SERGIO JOSÉ BRAVO NÚÑEZ
Rol
O-96-2020
Fecha
20 de junio de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos configuran el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo tercero en relación con el artículo primero, ambos de la ley 20.000, en grado de consumado, atribuyéndole al acusado la calidad de autor según lo dispuesto en el artículo 15 n° 1 del Código Penal. TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el defensor manifestó que este iba a ser un juicio sencillo; que no iba a haber tanta controversia; y que desde los primeros actos del procedimiento, cuando su representado fue detenido, declaró ante la PDI y luego ante el ministerio público reconociendo la posesión y el transporte de la droga. Agregó que lo que la defensa buscaba era “una pena más condigna” y que el acusado iba a renunciar a su derecho a guardar silencio y explicarle al tribunal “los verbos rectores que han sido mencionados por el ministerio público”, lo que le iba a permitir al tribunal alcanzar la convicción para emitir un veredicto condenatorio. Concluyó indicando que en la etapa procesal correspondiente haría las peticiones respectivas. CUARTO: Que el acusado renunció a su derecho a guardar silencio y prestó declaración en la audiencia, reconociendo la efectividad de los hechos de la acusación, con la salvedad de manifestar que cuando lo detuvieron no había ninguna droga en el furgón, sino que huyó de la policía con el propósito de Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Integrante Fecha: 22/06/2020 14:01:29 Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Redactor Fecha: 22/06/2020 14:07:02 XLXPQBRSHX Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Presidente Fecha: 22/06/2020 16:19:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces Patricia Alvarado Padilla, quien presidió, Ingrid Castillo Fuenzalida y Alfredo Lindenberg Bustos, el día 15 de junio de 2020, se llevó a efecto mediante el sistema de videoconferencia la audiencia de juicio en la causa rol interno 96-2020, seguida en contra del acusado Sergio José Bravo Núñez, chileno, casado, albañil y comerciante, sesenta y cuatro años de edad, nacido el 22 de enero de 1956, con domicilio en calle Aysén 5205 de esta ciudad, cédula nacional de identidad n° 6.569.216-3. El ministerio público actuó representado por el fiscal adjunto Patricio Martínez Felip, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo de su abogado particular, Hessen Cameron Veas. SEGUNDO: Que la acusación se funda en los siguientes hechos, según se lee en el auto de apertura: “En virtud de diligencias de investigación autorizadas judicialmente personal de la Brigada Antinarcóticos y contra el crimen organizado de esta ciudad, se tomó conocimiento respecto a que un sujeto apodado el “Viejo Nino” o “Pelao”, e identificado luego como Sergio José Bravo Núñez, se estaría dedicando a la comercialización de droga en Antofagasta. En base a lo anterior y a investigación realizada por la policía se tomó conocimiento que Bravo Núñez, el día 21 de Agosto Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Integrante Fecha: 22/06/2020 14:01:29 Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Redactor Fecha: 22/06/2020 14:07:02 XLXPQBRSHX Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Presidente Fecha: 22/06/2020 16:19:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 de 2019, efectuaría una entrega de droga, por lo que mientras mantenían vigilancia al domicilio de éste, ubicado en calle Aysén Nº 5205, se observa la salida del mismo portando una bolsa color morado, abordando el vehículo P.P.U. BCHK.39, siendo seguido por la policía, hasta que se detiene en la intersección de calle Alfonso Meléndez con avenida Padre Hurtado, donde se intenta ser fiscalizado por la policía, dándose a la fuga del lugar arrojando el vehículo contra la funcionaria Magna Avilés, por lo que personal policial hizo uso de sus armas de servicio, no logrando la detención, continuando la huida, siendo seguido por la policía, momento en que en calle Llanquihue a la altura del Nº 3314 arroja por la ventana un paquete rectangular de color café, el cual es recogido por la policía y correspondía a 1 kilo 30 gramos de cocaína base. Continuando en la huida hasta que colisiona
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 25, 26, 28, 31, 49, 50, 68 y 70 del Código Penal; artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 36, 45, 47, 166, 295, 296, 297, 298, 309, 315, 323, 325, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; y artículos 1°, 3° y 45 de la ley 20.000; se declara: I.- Se condena al acusado Sergio José Bravo Núñez, ya individualizado, a la pena de seis años de presidio mayor en su Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Integrante Fecha: 22/06/2020 14:01:29 Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Redactor Fecha: 22/06/2020 14:07:02 XLXPQBRSHX Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Presidente Fecha: 22/06/2020 16:19:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 17 grado mínimo, y al pago de una multa de cuarenta (40) unidades tributarias mensuales, además de las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como au
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1 Antofagasta, a veinte de junio de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces Patricia Alvarado Padilla, quien presidió, Ingrid Castillo Fuenzalida y Alfredo Lindenberg Bustos, el día 15 de junio de 2020, se llevó a efecto mediante el sistema de videoconferencia la audiencia de juicio
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