12º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ ELIESER GUILLERMO RODRÍGUEZ TORRES

Rol

O-3504-2019

Fecha

19 de junio de 2020

Materia

LESIONES GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: HECHOS: “Que el día 24 de enero del año 2018 alrededor de las 17:00 en el frontis del domicilio de calle Los Ángeles N° 8295 comuna de La Granja el imputado premunido con una pistola y con ánimo de matar disparo a Jorge Alberto Vergara Cid la victima causándole lesiones graves.” Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15, 68 BIS, 497 n° 2 del Código Penal, artículo 407 y siguientes del código procesal penal, se declara; I.- Que, SE CONDENA A ELIESER GUILLERMO RODRÍGUEZ TORRES, en calidad de autor de los delitos de LESIONES GRAVES perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 24 de enero de 2018 a sufrir la penas de TRESCIENTOS DOCE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, todo lo anterior sin las costas del procedimiento, todo lo anterior sin las costas del procedimiento II.- La pena corporal se tendrá por cumplida atendido el mayor tiempo que el imputado se encuentra privado de libertad ininterrumpidamente por motivo de esta causa, desde el 04 de agosto de 2019 hasta la fecha de hoy, 19 de junio de 2020.- Los intervinientes renuncian a los plazos. Sentencia ejecutoria, y se da orden de libertad por esta causa. LXYCQBQXRE ANGELICA MARIA PALACIOS RIOSECO Juez de garantía Fecha: 22/06/2020 11:55:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl RIT : 3504-2019 RUC : 1800454006-5 Dictado por doña ANGÉLICA MARÍA PALACIOS RIOSECO, Juez Titular del 12° de Gara

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14, 15, 68 BIS, 497 n° 2 del Código Penal, artículo 407 y siguientes del código procesal penal, se declara; I.- Que, SE CONDENA A ELIESER GUILLERMO RODRÍGUEZ TORRES, en calidad de autor de los delitos de LESIONES GRAVES perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 24 de enero de 2018 a sufrir la penas de TRESCIENTOS DOCE DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, todo lo anterior sin las costas del procedimiento, todo lo anterior sin las costas del procedimiento II.- La pena corporal se tendrá por cumplida atendido el mayor tiempo que el imputado se encuentra privado de libertad ininterrumpidamente por motivo de esta causa, desde el 04 de agosto de 2019 hasta la fecha de hoy, 19 de junio de 2020.- Los intervinientes renuncian a los plazos. Sentencia ejecutoria, y se da orden de libertad por esta causa. LXYCQBQXRE ANGELICA MARIA PALACIOS RIOSECO Juez de garantía Fecha: 22/06/2020 11:55:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 3504-2019 RUC : 1800454006-5 MATERIA : LESIONES GRAVES IMPUTADO : ELIESER GUILLERMO RODRÍGUEZ TORRES C.I. N° : 0012900643-9 DOMICILIO : Pasaje ANGELMO Nº 0856, La Granja FISCAL : PAULINA DÍAZ OBILINOVIC DEFENSOR : AMELIA ZEGPI PONS ATENUANTES : ARTÍCULO 1 N° 9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO SE INVOCAN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago, a diecinueve de junio de

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