C/ ROBERTO MARTÍN RÍOS CRUZ
Rol
O-4528-2020
Fecha
19 de junio de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Con fecha 09 de junio de 2020, alrededor de las 08:55 horas, don ROBERTO MARTÍN RÍOS CRUZ, se encontraba en la vía pública, específicamente en Avenida Ossa con Avenida Larraín, en la comuna de La Reina, siendo sorprendido por funcionarios de carabineros, procediendo a su fiscalización, percatándose que no mantenía permiso temporal que lo habilitara para ello, infringiendo de esta forma, la resolución exenta N° 417 de fecha 03 de junio de 2020, del Ministerio de salud, que decretó diversas medidas sanitarias por brote de covid-19, en particular dispuso que los habitantes de la Región Metropolitana deban permanecer en aislamiento o cuarentena, dictado en el marco del decreto supremo N°104 del Ministerio del Interior de fecha 18 de marzo de 2020 que declara estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en todo el territorio nacional, poniendo de esta forma en peligro la salud pública en tiempo de catástrofe, epidemia y contagio”. I. Que se condena a ROBERTO MARTÍN RÍOS CRUZ, ya individualizado, a la pena de MULTA DE TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en calidad de autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código penal, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día 09 de junio de 2020, en la comuna de La Reina. II. Se le exime del pago de las costas. III. Que, teniendo presente lo previsto en el artículo 49 del Código penal, y el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa en prisión preventiva, desde el día 09 de junio de 2020, hasta el día de hoy, se tendrá por cumplida la pena pecuniaria que le ha sido impuesta en la presente sentencia. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos, por lo que se tiene por firme y ejecutoriada la presente sentencia y se dispone la inmediata libertad del imputado. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra ínt
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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinte TRIBUNAL: 4º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: CAROLINA ANDREA ARAYA HERNANDEZ RUC: 2000583123-8 RIT: 4528 - 2020 IM
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