Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales.

DANIEL ALEJANDRO GAYTAN MARTINEZ C/ JUAN JOSÉ MAYORGA MEYER

Rol

O-392-2019

Fecha

18 de junio de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se ha presentado por la fiscalía local requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don Juan José Mayorga Meyer, cédula nacional de identidad número 15.307.350-3, trabajador, con domicilio en calle Pedro Aguirre Cerda N°40, comuna de Puerto Natales. El requerimiento fue formulado por el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 y 111, con relación al artículo 196, todos de la Ley 18.290, correspondiéndole participación en calidad de autor y fundado en los siguientes hechos: El día 7 de marzo del año 2019, alrededor de las 7:50 horas, en circunstancias que el requerido Juan José Mayorga Meyer transitaba en su vehículo PPU CVRB-32, por calle Mladanic intersección calle Blanco Encalada de la comuna de Puerto Natales, fue fiscalizado por personal policial quienes se percataron que conducía en estado de ebriedad. Su alcoholemia arrojó 2,10 gramos por mil de alcohol en la sangre. SEGUNDO: Que para fundar el requerimiento el Ministerio Público ha invocado los siguientes antecedentes: 1. Parte denuncia Nº208, de fecha 7 de marzo de 2019, emanado de Carabineros de esta ciudad. 2. Testigos que se individualizan. 3. Extracto de filiación y antecedentes y hoja de vida del conductor, correspondiente al requerido. 4. Informe de lesiones del requerido. 5. Alcoholemia N°369-2019, practicada al imputado por el Servicio Médico Legal de Punta Arenas. TERCERO: Que el fiscal estima concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal y pide se imponga al requerido la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, multa equivalente a diez unidades tributarias mensuales, suspensión de la licencia de conducir durante dos años y costas. Para el evento que admita responsabilidad reconoce además la circunstancia atenuante del artículo 11 N°9 del estatuto penal y pide la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa equivalente a XHGNQXVXHG Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 18/06/2020 11:47:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl dos unidades tributarias mensuales, suspensión de la licencia de conducir por el plazo de dos años y las costas de la causa. CUARTO: Que el imputado ha manifestado que las circunstancias y hechos contenidos en el requerimiento son

Fallo

SE DECLARA: I. Que se acoge el requerimiento en procedimiento simplificado presentado por el Ministerio Público y se condena a don Juan José Mayorga Meyer, cédula nacional de identidad número 15.307.350-3, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196, con relación a los artículos 110 y 111, todos de la Ley 18.290, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de dos (2) unidades tributarias mensuales que podrá pagar en cuatro (4) cuotas iguales, mensuales y sucesivas a contar del mes en que la presente sentencia quede ejecutoriada, y suspensión de su licencia de conducir por el término de dos XHGNQXVXHG Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 18/06/2020 11:47:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl (2) años, plazo que se contará desde el día 15 de junio de 2020, oportunidad en que el condenado hizo entrega del documento en

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Juzgado de Garantía de Natales Procedimiento Simplificado RIT 392-2019 RUC 1900255382-4 Imputado: Juan Mayorga Meyer Materia: Manejo en Estado de Ebriedad Juez Titular: Jorge Lavin Saint-Pierre Fecha de ingreso: 17 de mayo de 2019 Fecha de sentencia: 18 de junio de 2020 Código: 14052 Puerto Natales, a dieciocho de junio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo di

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