JULIO CESAR NAVIA CASANOVA C/ MATÍAS NICOLÁS CÁDIZ REYES
Rol
O-114-2020
Fecha
15 de junio de 2020
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El 13 de diciembre del 2019 alrededor de las 03:50 horas, el imputado Matías Nicolas Cádiz Reyes, conducía bajo la influencia del alcohol el vehículo placa patente única LTLX.34 por el pasaje Enrique Berrios de la población Los Alcaldes de la comuna de Graneros, cunado al llegar a la altura del N° 620 y es fiscalizado por carabineros de la 2° Comisaria de Comisaria se percatan que mantenía fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, tartamudeo al hablar e inestabilidad al caminar. al realizar el examen de intoximeters indico como resultado 0,40 g/l mientras que alcoholemia 0.42 g/l de alcohol en la sangre. Procedimiento Simplificado: Graneros, quince de junio de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a MATÍAS NICOLÁS CÁDIZ REYES, cédula de identidad N° 18.834.037-7, ya individualizado, a sufrir la pena Multa de Una (1) Unidad Tributaria Mensual y a la suspensión de su licencia de conducir por el término de tres meses, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL previsto y sancionado en el artículo 193 de la ley 18.290 de tránsito en grado de consumado., perpetrado el día 13 de diciembre de 2019 en la comuna de Graneros. II.- Que, la pena de multa se deberá pagar en moneda nacional al valor que la Unidad Tributaria Mensual tenía en diciembre del 2019 (fecha de ocurrencia de los hechos), enterando la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a que ejecutoriada sea esta sentencia. 05 de agosto del 2020. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, o por reclusión, regulándose un día por cada un tercio de unidad tributaría mensual a que fue condenado. I
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a MATÍAS NICOLÁS CÁDIZ REYES, cédula de identidad N° 18.834.037-7, ya individualizado, a sufrir la pena Multa de Una (1) Unidad Tributaria Mensual y a la suspensión de su licencia de conducir por el término de tres meses, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL previsto y sancionado en el artículo 193 de la ley 18.290 de tránsito en grado de consumado., perpetrado el día 13 de diciembre de 2019 en la comuna de Graneros. II.- Que, la pena de multa se deberá pagar en moneda nacional al valor que la Unidad Tributaria Mensual tenía en diciembre del 2019 (fecha de ocurrencia de los hechos), enterando la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a que ejecutoriada sea esta sentencia. 05 de agosto del 2020. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, o por reclusión, regulándose un día por cada un tercio de unidad tributaría mensual a que fue condenado. III.- Que atendida la accesoria de suspensión de la licencia de conducir, se comenzara a contar desde que dicho documento sea presentado al tribunal para tales efectos se deja constancia que el imputado cuenta con un abono de tres días correspondiente al tiempo en que dicho documento permaneció en poder de la fiscalía desde la fecha de los hec
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Juzgado de Garantía de Graneros ACTA DE AUDIENCIA quince de junio de dos mil veinte Ruc: 1901346790-3 Rit: 114 - 2020 Hora Inicio: 11:00 Hora Término: 11:12 Juez: Patricio Acevedo Silva Tipo De Audiencia: Simplificado Delito: Conduc.Bajo Influen Del Alcohol. Imputado: Matías Nicolás Cádiz Reyes C.I. N° 18834037-7 Comparece: Si Domicilio: Calle Enrrique Berrios, Los Alcaldes Nº 603, Graneros . Fi
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