MINISTERIO PUBLICO . . C/ ARNOLDO HUMBERTO MONSALVE MARTÍNEZ
Rol
O-1132-2019
Fecha
15 de junio de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 1910042771-3 RIT 1132 - 2019, ha comparecido el ministerio público de esta ciudad representado por su fiscal adjunto CARLOS CONTRERAS GAMONAL, quien presentó requerimiento en contra de don ARNOLDO HUMBERTO MONSALVE MARTÍNEZ, cédula nacional de identidad 0011970495-2, de profesión u oficio DESCONOCIDO, domiciliado en AVIADOR ACEVEDO 981 VILLARRICA, forma de notificación ESTADO DIARIO, legalmente representado por el defensor penal público licitado SEBASTIAN RADDATZ TRONCOSO, verificándose la audiencia, en los siguientes términos: 1.- Hechos: El día 31 de agosto de 2019, la víctima YAHEL CATHERINE ORTIZ CARBAJAL, alrededor de las 17:00 horas aproximadamente, llegó al domicilio ubicado en calle Perú N° 170, de la comuna de Pucón, lugar donde se encontraba su conviviente e imputado ARNOLDO HUMBERTO MONSALVE MARTINEZ, quien al manifestarle la víctima que no comenzara a beber alcohol todos los días, éste se ofusca y comienza a lanzarle la ropa de la víctima en una maleta y al pasillo de la vivienda para luego empujar fuertemente a la víctima golpeándose el hombro izquierdo. Que las lesiones le ocasionaron a la víctima “Contusión del hombro y del brazo” de carácter clínicamente leves según lo diagnosticado por el facultativo de turno del Hospital de Pucón. 2.- Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR prescrito y sancionado en el artículo 399 en relación con el 494 N° 5, ambos del Código Penal, y de acuerdo a lo prescrito en el artículo 5 de la Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, se le atribuye en ilícito en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado. 3.- Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: GGFPPYFXHX Jose Luis Maureira Gonzalez Juez de garantía Fecha: 15/06/2020 11:18:47
Fundamentos
Fundamentos: La Fiscalía cuenta con los siguientes antecedentes que fundamentan esta imputación: I. DOCUMENTAL 1. Parte policial N° 1640 de fecha 31 de agosto de 2019 de la Novena Comisaria de Carabineros de Pucón, y sus anexos. 2. Declaración de Yahel Catherine Ortiz Carbajal, víctima, prestada ante la Novena Comisaria de Carabineros de Pucón. 3. Formulario de atención de urgencias N° 9915922, de fecha 31 de agosto de 2019, emitido por el Hospital de Pucón. 4. Extracto de filiación y antecedentes del imputado II. TESTIMONIAL 1. JUAN MOLINA TRIVIÑO, Carabinero, domiciliado en O’Higgins N° 135, Pucón. 2. YESENIA CHAVEZ CAMPOS, Carabinero, domiciliada en O’Higgins N° 135, Pucón. 3. JOHAN MAUIRICIO SALCEDO ROSAS, Médico general, domiciliado en Uruguay N° 325, Pucón. 4. YAHEL CATHERINE ORTIZ CARBAJAL, víctima, domiciliada en Ansorena N° 260, Pucón. 5.- Pena solicitada: El Ministerio Público solicita la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias especiales de la ley 20.066, esto es, las contenidas en el artículo 9, letra B, accesorias generales y las costas de la causa. Para el sólo efecto de aplicación del procedimiento simplificado, si el imputado admite responsabilidad, modifica la pena solicitando la aplicación de multa y tratamiento por consumo abusivo de alcohol. SEGUNDO: Que, consultado a el imputado y hechas las advertencias de rigor respecto de los hechos y habiendo sido informado y advertido previamente, contando con la asesoría de un letrado, en forma consciente informada y espontáneamente admitió su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento renunciando a su derecho a no auto incriminarse, refutar la imputación del fiscal en un juicio oral público y contradictorio liberando de esta manera al Tribunal de su obligación de fundar fácticamente el
Fallo
fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. GGFPPYFXHX Jose Luis Maureira Gonzalez Juez de garantía Fecha: 15/06/2020 11:18:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl TERCERO: Que, en estos hechos el requerido tuvo participación en calidad de autor se califican por el Tribunal concordando con el Ministerio Público y al acuerdo con la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, en grado de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público no señaló otros antecedentes para la determinación de la pena. QUINTO: Que, la defensa, solicita se rebaje y se tenga por cumplida la multa impuesta, en subsidio se otorguen cuotas para su pago y se le exima del pago de l
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RUC : 1910042771-3 RIT : 1132 - 2019 MATERIA : LESIONES MENOS GRAVES VIF. IMPUTADO : ARNOLDO HUMBERTO MONSALVE MARTÍNEZ RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Pucón, quince de junio de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 1910042771-3 RIT 1132 - 2019, ha comparecido el
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