C/ AXEL ESTEBAN HERRERA CASTRO
Rol
O-2996-2020
Fecha
5 de junio de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 5 de mayo de 2020, a las 00:00 horas aproximadamente, el imputado ya individualizado, junto a otro sujeto, en horario de toque de queda decretado a contar del 22 de marzo de 2020, dentro del contexto del estado de catástrofe decretado por S.E. El Presidente de la República, por la pandemia causada por el SARS COV-2, sin contar con autorización para circular en la vía pública en ese horario, y con el fin de sustraer especies, llegaron hasta Avenida Vicuña Mackenna frente al número 6100, de la comuna de La Florida, lugar donde se encuentra un kiosco, de propiedad de doña Gloria del Carmen Maya Vásquez, y una vez en el lugar forzaron la chapa y aldabas de la puerta del kiosko en cuestión, y sustraen desde el interior del mismo dos máquinas refrigerantes marcas Maigas Frío, siendo sorprendido por personal de carabineros en los precisos momentos en los cuales estos huían del lugar con las especies antes referidas en su poder, las que estos trasladaban en un carro de supermercado, y se procede a la detención de los mismos en el lugar. SEGUNDO: Que el requerido, conforme al procedimiento establecido en el artículo 395 del Código Procesal Penal, ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. TERCERO: Que no se invocaron circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. El imputado registra condenas que no impiden la aplicación de la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346 388, 389, 393 y 395 inciso 2º, del Código Procesal Penal y artículos 1, 7, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 51, 68 inciso 3º, 69, 318, 432, 442, del Código Penal; y artículo 8 de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Se CONDENA a PATRICIO ANDRÉS BRAVO RUDOLPH a la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosa
Fallo
SE DECLARA: I. Se CONDENA a PATRICIO ANDRÉS BRAVO RUDOLPH a la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas el lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en grado de frustrado, perpetrado en esta jurisdicción el 25 de abril de 2020. II. Se CONDENA a PATRICIO ANDRÉS BRAVO RUDOLPH a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la infracción prevista en el artículo 318 del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado en esta jurisdicción el 5 de mayo de 2020. III. La pena de multa se tendrá por cumplida con la privación de libertad del día 5 de mayo de 2020. IV. Reuniendo el sentenciado los requisitos legales, se sustituye la pena privativa de libertad por la reclusión domiciliaria parcial nocturna, esto es, desde las 22:00 y las 6:00 hrs., por el tiempo de la condena, debiendo computarse una noche por cada día de WECTPYTDBX PATRICIO ROBERTO SOUZA BEJARES Juez de garantía Fecha: 15/06/2020 11:05:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Ins
Texto Completo (Preview)
Santiago, a cinco de junio de dos mil veinte. PRIMERO: Que en la presente causa, el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PATRICIO ANDRÉS BRAVO RUDOLPH, cédula de identidad 19.384.785-4, domiciliado(a) en calle Grumete Pérez 8174, La Florida, por los siguientes hechos: El día 5 de mayo de 2020, a las 00:00 horas aproximadamente, el imputado ya individu
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