SAAVEDRA/COMUNIDAD EDIFICIO RELBONE
Rol
M-342-2020
Fecha
7 de septiembre de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha tres de septiembre del año en curso, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia única de conciliación, contestación y prueba en los autos RIT M-342-2020, RUC N° 20-4-0284750-7 por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por don JORGE SAAVEDRA ROJAS, desempleado, domiciliado para estos efectos en calle Estado Nº 115, oficina 1.208 de la comuna de Santiago Centro, quien lo hizo asistido por la abogada doña Melissa Chacón Campusano. La demandada COMUNIDAD EDIFICIO RELBONE, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por doña Judith Cuevas Novoa, ambos domiciliados en calle Real Audiencia Nº 1240 de la comuna de San Miguel, compareció asistida por el abogado don Helian Zuloaga Hasbún. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don JORGE SAAVEDRA ROJAS interpuso demanda –en procedimiento monitorio- en contra de la COMUNIDAD EDIFICIO RELBONE, con el objeto que
Fallo
se declarase que su despido era nulo e injustificado y que conforme a ello se estableciera la obligación de su ex empleadora de pagar las siguientes indemnizaciones y prestaciones; todas reajustadas, con intereses y las costas de la presente causa: a) $ 320.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $ 2.564.000 por concepto de indemnización por años de servicio; c) $ 35.338 por concepto de feriado proporcional; d) $ 160.250 por concepto de remuneración correspondiente al mes de abril de 2020; e) Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo. Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios para la demandada el 01 de julio de 2012 desarrollando labores de conserje en dependencias de la demandada ubicadas en calle Real Audiencia Nº 1240 de la comuna de San Miguel. Refiere que sus servicios fueron prestados en una jornada de trabajo de 45 horas semanales distribuidas en 5 días a la semana; agrega que con ocasión de esos servicios percibía una remuneración ascendente a la suma de $342.500, cantidad que estaba compuesta de los siguientes ítems: 1.- $320.500 por concepto de sueldo base; 2.- $ 12.000 por concepto de bono de colación; 3.- $ 10.000 por concepto de bono de movilización. Respecto del término de sus servicios, sostiene que el día 31 de marzo de 2020 se le informó que no se presentara más a trabajar instándolo a terminar su contrato de trabajo por mutuo acuerdo pero no le ofrecí
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Jorge Saavedra Rojas DEMANDADO: Comunidad Edificio Relbone RUC: 20-4-0284750-7 RIT: M-342-2020 _________________________________________/ San Miguel, siete de septiembre de dos mil veinte. VISTOS: Que con fecha tres de septiembre del año en curso, ante este Juzgado de Letr
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