1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/COMPASS CATERING Y SERVICIOS CHILE LTDA.

Rol

O-8455-2019

Fecha

7 de septiembre de 2020

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-84552019- por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue interpuesta por doña PAOLA GLORIA CONTRERAS CONCHA, cédula nacional de identidad N°11.658.835-8, con domicilio para estos efectos en Estado 115, oficina 607, comuna de Santiago, en contra de COMPASS CATERING Y SERVICIOS CHILE LTDA. Rol único tributario N° 78.544.560-0, representada legalmente por don Matías Concha Vial cédula nacional de identidad N °10.613.428-6, ambos con domicilio en A Avenida del Valle 787, Comuna de Huechuraba La demandante fue asistida por el abogado Marco Enrique González Bustos y la demandada fue asistida por el abogado Felipe Plaza Parra.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Argumentos y pretensiones de la actora: Expone en síntesis que ingresó a prestar servicios para demandada con fecha 12 de septiembre de 2013, cumpliendo las funciones de auxiliar de aseo en dependencias del centro penitenciario Santiago 1, con una jornada laboral en turnos nocturnos y rotativos desde las 22 horas a las 8 horas del día siguiente. Su remuneración ascendía la suma de $ 490.311.- Con fecha 8 de octubre de 2019 Doña Daniela Lienaf, encarga de recursos humanos le comunica que se encontraba despedida por supuestamente manipular “wencos” sucios con especies orgánicas o no. Indica que no entiende la causa de despido. Solicita en definitiva se acoja la demanda declarando el despido injustificado condenando la demandada a pagar lo siguiente: Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $490.311 o lo que se determine; indemnización por 06 años de servicio por el monto de $2.941.866 o lo que estime legalmente conveniente; incremento legal del artículo 168 letra c) del Código del Trabajo, por la suma de $2.353.492, o lo que se determine. Todo con Intereses, reajustes legales y las costas SEGUNDO: Contestación de la demanda: Que la empresa demandada, contestó la demanda en la forma y dentro del plazo contemplado en el artículo 452, del Código del Trabajo, solicitando su rechazo con costas. Manifiesta en síntesis que la trabadora demandante prestó servicios en las fechas señaladas en el libelo, terminando la prestación de servicios el día 8 de octubre de 2019, por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones del contrato. Indica que la actora suscribió con fecha 12 de septiembre de 2012, un contrato de trabajo, donde se comprometió a efectuar y llevar a cabo todas las instrucciones impartidas. En este sentido y como se demuestran los videos se visualiza que la actora junto con otro ex trabajador manipulan los wencos, donde se puede visualizar que tienen un elemento en su interior, que a todas se visualiza como un elemento carneo. No corresponde que la actora, manipule carne u otras sustancias orgánicas que no son desechos, es más, el actor y la otra colaboradora manipularon wencos que estaban limpios, ingresaron en la cámara genchi y salieron con el producto orgánico (carne), como se puede observar en los vídeos de seguridad. La gravedad de los hechos efectuados por el actor son eliminar productos orgánicos (carne), sin los protocolos, y sobre todo productos que no eran desechos TERCERO: Llamado a conciliación. Hechos pacíficos. La recepción de la causa a prueba: fijación de los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: Que llamadas las partes a conciliación esta no se produjo. Se fijan los siguientes hechos pacíficos: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes desde el 12 de septiembre de 2013. 2. Que la actora se desempeñaba como auxiliar de aseo en las dependencias de la cárcel Santiago Uno. 3. Que la sociedad demandada puso término a la relación laboral con fecha 8 de octubre

Fallo

se decide su desvinculación y no una vez ejercido el derecho a demandar por una aplicación injustificada, indebida o improcedente de las causales de despido, lo que permite una adecuada defensa del trabajador. Que de acuerdo al razonamiento precedente, necesariamente se de estimar el despido sufrido por la trabajadora actuante como injustificado. UNDECIMO: Que la restante prueba no considerada en nada altera lo anteriormente resuelto, pues solo resulta redundante de los hechos ya dados por establecidos. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se ACOGE la demanda interpuesta por doña PAOLA GLORIA CONTRERAS CONCHA, cédula nacional de identidad N°11.658.835-8, , en contra de COMPASS CATERING Y SERVICIOS CHILE LTDA. Rol único tributario N° 78.544.560-0, representada legalmente por don MATÍAS CONCHA VIAL cédula nacional de identidad N °10.613.428-6, y en consecuencia se declara que el despido de que fue objeto la demandante de fecha 8 de octubre de 2019, es injustificado, condenando a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $490.311 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo b) $2.941.866, por concepto de indemnización por años de servicio c) $2.353.492, por concepto de recargo legal, por concepto de recargo de 80% por sobre la indemnización por años servicio. III.- Que las su

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, siete de septiembre de dos mil veinte. No obstante haber sido incorporada esta resolución con esta fecha, la misma se entiende notificada a las partes en la fecha señalada en la audiencia de juicio, esto es, 15 de septiembre del año en curso. VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto audiencia

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