MARGOT DE LAS MERCEDES MELENDEZ FLORES C/ FABIÁN ANDRÉS SOTO OLIVAR
Rol
O-459-2019
Fecha
10 de junio de 2020
Materia
FALSIFICACIÓN DE BILLETES ART. 64 LEY ORGÁNICA BANCO CENTRAL
Resultado
No especificado
Hechos
hechos “El día 07/06/2019 a eso de las 13:52 horas en el local comercial llamado, “SANTA INES”, ubicado en Garcés Gana N° 239, comuna de Hualañé, se presentó el imputado FABIAN ANDRES SOTO OLIVAR ,el cual pagó una compra de abarrotes, con un billete falso de $20.000 pesos, recibiendo de vuelto de parte de la dueña del local doña MARGOT DE LAS MERCEDES MELENDEZ FLORES, la cantidad de $15.800 pesos, posteriormente regresó al local para solicitar, hacer un depósito, de $100.000 pesos, en dos depósitos iguales de $50.000 pesos en la caja vecina BANCO ESTADO, procediendo la victima a efectuar el depósito en la caja vecina por $50.000 pesos, al RUT N° 19.327.819-1, y al ingresar el segundo deposito, se percató la victima que los billetes hechos circular como medio de pago y para la transacción comercial eran falso, y solicitó auxilio. Siendo detenido en el lugar recuperándose en poder del imputado 5 ( CINCO) billetes de $20.000 pesos serie N° BE.64380904 , y 6 (SEIS), BILLETES DE $20.000 , pesos de la serie N° CF.81617749, los que ser periciados resultaron ser falsos. Perjudicando a la víctima a lo menos en $60.000 pesos.”. El Ministerio Público calificó tales hechos como HACER CIRCULAR BILLETES FALSOS previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley Orgánica del XTBFPXBHZT Constanza Catalina Naranjo Alé Juez de garantía Fecha: 10/06/2020 20:02:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Banco Central en grado de consumado. Al acusado se le atribuye responsabilidad en calidad de AUTOR, conforme al Art. 15 Nº 1 del Código Penal.
Fundamentos
considerando décimo de esta sentencia. Las partes quedan notificadas en el acto. Atendida la renuncia a los plazos y recursos legales efectuados por el Ministerio público como así también por la Defensa,
Fallo
fallo por contar el imputado con Informe de Factibilidad Técnica en el domicilio que ha señalado en el inicio de esta audiencia Noveno: Que, en cuanto al comiso de las especies, tendiendo presente lo dispuesto en el artículo 31, deberá realizarse el comiso de las especies como se dirá en los resolutivo del fallo y que corresponde a las impresiones con apariencia de billetes verdaderos del Banco Central de nuestro país. Décimo: Que, en cuanto al pago de las costas de la causa, atendida la aceptación de los antecedentes de la carpeta investigativa efectuada por el acusado, estimando esta Juez que con ello evitó gastos para el erario fiscal, y en atención a que ha sido patrocinado por la Defensoría Penal Pública, lo que hace presumir su privilegio de pobreza de conformidad a lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, se eximirá al acusado del pago de las mismas. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14,15,30, 67, del Código Penal; artículos 64 de la Ley Orgánica del Banco Central; artículos 340, 407,409,410,411,412,413 del Código Procesal Penal y artículos 1, 7, y 8 de la Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se condena a FABIAN ANDRES SOTO OLIVAR, cédula nacional de identidad número 19.327.819-1, ya individualizado, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, más accesorias del artículo 30, suspensión a cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como au
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SENTENCIA Fecha Licantén, diez de junio de dos mil veinte Magistrado CONSTANZA CATALINA NARANJO ALÉ Fiscal ANDRES GAETE FUENZALIDA Defensor RENATTA ALEJANDRA RIVANO ARAVENA Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Licanten. RUC 1900616367-2 RIT 459 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA FABIÁN ANDRÉS SOTO OLIVAR 19.327.819-1 Calle 6 N° 337, Sector Cerro Rocuán Valparaíso. En Licantén, a diez
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