BASTÍAS/FRIGORIFICO KARMAC S.P.A.
Rol
O-60-2018
Fecha
7 de septiembre de 2020
Materia
Costas, Daño moral, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 07 de diciembre del 2018 comparece don WILSON ANDRÉS BASTIAS PONCE, Cédula de Identidad N° 18.486.705-2, cesante, domiciliado en Alejandro Robin Tru Truf Nº 1026 de la comuna de Lautaro, quien lo hace patrocinado por su abogado don Víctor Hugo Sagredo Sagredo, domiciliado en calle Prat 696 of. 313 Temuco, e interpone demanda laboral en procedimiento ordinario por despido injustificado, indebido e improcedente, cobro de prestaciones adeudadas y daño moral, en contra de la sociedad denominada FRIGORIFICO KARMAC S.P.A., del giro de su denominación, representada legalmente por don HERNAN PERLWITZ RIOS, ambos con domicilio para estos efectos en Camino Pillanlelbún Lote La5 Nº 1b3 comuna de Lautaro, basado en los siguientes hechos y
Fundamentos
fundamentos de derecho que señala: 1) Que el día 19 de julio de 2013, su representada firmó contrato de trabajo con la demandada FRIGORIFICO KARMAC S.P.A., mediante el cual se obligó a ejecutar los servicios de Operario sala de transporte, sala de proceso, camarero y auxiliar de aseo. 2) En el referido contrato, se pactó una remuneración fija mensual y comisiones devengadas por ventas, lo que en promedio alcanzaba la suma de $517.384. 3) Que, el día 09 de noviembre de 2018, se le hizo entrega personal a su representado de una carta, manifestando en ella que se ponía término a su contrato de trabajo, esgrimiendo las causales del artículo 160 Nº 3 y Nº 7 del código del Trabajo. En su parte pertinente la carta de despido señala: “La determinación se ampara en los hechos ocurridos el día. Ud. Está contratado como operario sala de despostes sala de procesos y está como operario de la maquina la flow pack 1 que se ocupa de empacar. El día 05/11/2018 este día usted, sin dar aviso de ninguna especie, no se presentó a su lugar de trabajo incurriendo en falta grave considerando que usted desempeña la labor de Operario sala de desposte, sala de proceso maquinista, percibiendo bono por esta función. La consecuencia de su actuar produjo una baja de directa de producción de 4.500 kilos, lo que redunda en un perjuicio económico directo para la empresa de $17.257.500.- (diecisiete millones doscientos cincuenta y siete mil quinientos pesos). Ud. Ha transgredido además el reglamento interno, TITULO VII DE LAS OBLIGACIONES Articulo 38: Nº 22) Justificar oportunamente ante personal de Recursos Humanos y ante el jefe directo de sus inasistencias; en caso de enfermedad o accidente que no sea de trabajo, el trabajador deberá dar aviso al jefe correspondiente. El trabajador deberá dar aviso señalado dentro del primer día de ausencia, la que a su vez deberá justificarse posteriormente con la respectiva Licencia Médica, la que deberá hacer llegar al Departamento de Recursos Humanos dentro de un plazo de 48 horas, contado desde la fecha en que se indica el reposo médico. Su inasistencia antes citada al igual que sus atrasos reiterados perjudican además a sus compañeros de trabajo en su bono de producción, destruye los supuestos de dicho incentivo y perturban el normal funcionamiento de la compañía. Esta falta además se encuentra detallada en el reglamento interno TITULO VII DE LAS OBLIGACIONES Articulo 38: Nº 22) Justificar oportunamente ante el personal de Recursos Humanos y ante el jefe directo de sus inasistencias; en caso de enfermedad o accidente que no sea de trabajo, el trabajador deberá dar aviso al jefe correspondiente. El trabajador deberá dar el aviso señalado dentro del primer día de ausencia, la que a su vez deberá justificarse posteriormente con la respectiva Licencia Médica, la que deberá hacer llegar al departamento de Recursos Humanos dentro de un plazo de 48 horas, contado desde la fecha en que se inicia el reposo médico. El departamento de personal envia
Fallo
por tanto, de cualquier bien sino de uno que tenga un carácter relevante desde el punto de vista del funcionamiento general de la obra. En este caso se paró no solo una máquina, si no que afectó a la producción completa y con esto directamente a la empresa, con pérdidas de al menos $17.257.500.- (diecisiete millones doscientos cincuenta y siete mil quinientos pesos). Manifiesta no ser efectivo que se le adeude al Sr. Bastías dinero por concepto alguno, ni por remuneración fija o variable, feriado legal o feriado proporcional, prestaciones u otros, haciendo presente que, durante la vigencia de la relación laboral habida entre las partes, ésta se desarrolló con total normalidad, pagándosele al demandante todas y cada una de las prestaciones a las que éste tenía derecho conforme a su contrato de trabajo. Solicita se rechace la demanda por cuanto el despido obedeció a una causal específica comunicada de acuerdo a la ley al actor, la del artículo 160 N° 3, no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra, y Nº 7 de código del trabajo, esto es, Incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato. Así, reconocida la existencia de una ca
Texto Completo (Preview)
Lautaro, siete de septiembre de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 07 de diciembre del 2018 comparece don WILSON ANDRÉS BASTIAS PONCE, Cédula de Identidad N° 18.486.705-2, cesante, domiciliado en Alejandro Robin Tru Truf Nº 1026 de la comuna de Lautaro, quien lo hace patrocinado por su abogado don Víctor Hugo Sagredo Sagredo, domiciliado en calle Prat 696 of. 313 Temuco
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica