C/ ELIZABETH TERESA BRAVO TORO
Rol
O-6438-2018
Fecha
9 de junio de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
RESUMEN: RUC : 1801072204-3 RIT : 6438-2018 MATERIA : Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades IMPUTADO : ELIZABETH TERESA BRAVO TORO CEDULA DE IDENTIDAD : 11.316.780-7 DOMICILIO : Abraham Lincoln Nº 12.067, La Pintana FISCAL : Leda Astorga San Martín DEFENSOR Privado : Luciano Devia Góngora, C.I.N° 12.507.082-5 TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 09 de Junio de 2020 MODIF. RESP. PENAL : Artículo 11 N° 9 del Código Penal PROCEDIMIENTO : Procedimiento Abreviado AUDIO \\acta_302\Audiencias\1801072204-3-1234 Santiago, nueve de junio de dos mil veinte.
Fundamentos
Considerando: Que, en cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, en la especie, se configura la atenuante prevista en el artículo 11 N° 9 del Código Penal, es decir, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por mandato expreso de lo dispuesto en el artículo 407 del Código Procesal Penal. Resolución: I.- Que, se condena a ELIZABETH TERESA BRAVO TORO, ya individualizada, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la pena de multa, ascendente a DIEZ Unidades Tributarias Mensuales, como como autora del delito consumado de Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4º en relación con el artículo 1º de la Ley 20.000, hecho perpetrado el día 01 de noviembre de 2018 en la comuna de La Pintana. II.- Que, se decreta el comiso de las especies incautadas. III.- Que, tanto la pena privativa de libertad como la pena de multa se les tendrá por cumplidas con el tiempo que estuvo privada de libertad con motivo de esta causa, en forma ininterrumpida, desde el día 01 de noviembre de 2018 a la fecha. IV.- Que, se le exime del pago de las costas. Téngase presente la renuncia de plazos por parte de todos los intervinientes, la presente sentencia como firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese los antecedentes. Se alza medida cautelar de prisión preventiva y se ordena la libertad de la imputada. Dirigió la audiencia doña MARIELA ANDREA HERNÁNDEZ ACEVEDO, Juez de Titular del 15° Juzgado de Garantía de Santiago. XGCXPXNZRC MARIELA ANDREA HERNANDEZ ACEVEDO Juez de garantía Fecha: 09/06/2020 13:02:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl file://///acta_302/Audiencias/1801072204-3-1234 2020-06-09T14:02:08-0300 Corte Suprema MARIELA ANDREA HERNANDEZ ACEVEDO Verificación Legal
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RESUMEN: RUC : 1801072204-3 RIT : 6438-2018 MATERIA : Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades IMPUTADO : ELIZABETH TERESA BRAVO TORO CEDULA DE IDENTIDAD : 11.316.780-7 DOMICILIO : Abraham Lincoln Nº 12.067, La Pintana FISCAL : Leda Astorga San Martín DEFENSOR Privado : Luciano Devia Góngora, C.I.N° 12.507.082-5 TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 0
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