Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ LUIS ADRIÁN ARAVENA BARRÍA

Rol

O-12106-2019

Fecha

8 de junio de 2020

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncias a los plazos y recursos legales. Anótese, regístrese y archívese. RIT 12106 - 2019 RUC 1901370238-4 Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: cva. YFVEPWKEXX Monica Yolanda Sierpe Scheuch Juez de garantía Fecha: 08/06/2020 10:05:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-06-08T10:05:27-0400 Corte Suprema Monica Yolanda Sierpe Scheuch Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 446 inciso 2 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y 395 siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a LUIS ADRIÁN ARAVENA BARRÍA, RUN N° 20.291.468-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de ROBO POR SORPRESA en perjuicio de Marta Isabel Marjori Lepe Higuera, cometido en Puerto Montt el día 18 de diciembre de 2019 a la PENA de CIENTO SETENTA Y CUATRO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta se le tiene por cumplida con el tiempo que el sentenciado ha permanecido privado de libertad con motivo de la presente causa, esto es desde el 18 de diciembre de 2019 a la fecha. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncias a los plazos y recursos legales. Anótese, regístrese y archívese. RIT 12106 - 2019 RUC 1901370238-4 Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: cva. YFVEPWKEXX Monica Yolanda Sierpe Scheuch Juez de garantía Fecha: 08/06/2020 10:05:26 ESTE DOCUMENTO TIENE

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, ocho de junio de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 446 inciso 2 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297,

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