Juzgado de Letras y Garantía de Quintero.

MP C/ JOHAN ANDRÉS URRIOLA ZÚÑIGA

Rol

O-1150-2015

Fecha

4 de junio de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que el día 25 de mayo del año 2015, en circunstancias en que la víctima, Jaime De la Fuente Arancibia, llegaba a su domicilio a bordo de su vehículo marca Audi, modelo A – 4, PPU: CTSZ, e ingresara al estacionamiento de su inmueble ubicado en calle Campus del Mar N° 70 de la comuna de Quintero, fue abordado por 2 sujetos, entre ellos el imputado JONATHAN ANDRÉS ROJAS MARÍN, quien mediante intimidación, obliga a la víctima a descender de su vehículo, logrando con ello la apropiación, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño del vehículo de propiedad de la víctima y de las especies que había en su interior, tales como una chequera, entre otras especies de valor. Para la perpetración del delito, el imputado Rojas Marín, siguió a la víctima a bordo de una camioneta marca Hyundai, modelo Santa Fe, PPU: FGHX – 47, la cual habría sido denunciada como robada mediante intimidación, con fecha 21 de mayo del año 2015 en la comuna de Concón a la víctima Diego Lillo Pino, de tal forma que el imputado mantuvo esta especie en su poder, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito. La calificación jurídica de estos hechos es la de robo con intimidación en relación con la víctima Jaime De la Fuente Arancibia, prevista y sancionada en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal. En cuanto a la receptación, se hace presente que el imputado fue condenado por esa causa ante el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Viña del Mar en la causa Rit: 367 – 2016, con fecha 25 de noviembre de 2016. Resuelve: Visto lo dispuesto en los artículos legales pertinentes se declara: PRIMERO: Que se condena a don JONATHAN ANDRÉS ROJAS MARÍN, cédula de identidad N° 19.011.974-2, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS de presidio menor en su grado medio, a accesorias legales y determinación de huella genética, todo ello por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación del artículo 436 del Código Penal, cometido el día 25 d

Fallo

se declara: PRIMERO: Que se condena a don JONATHAN ANDRÉS ROJAS MARÍN, cédula de identidad N° 19.011.974-2, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS de presidio menor en su grado medio, a accesorias legales y determinación de huella genética, todo ello por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación del artículo 436 del Código Penal, cometido el día 25 de mayo del año 2015 en territorio jurisdiccional de éste Tribunal. XXEXPWEQEP Felipe Eduardo Contreras Bianchi Juez de garantía Fecha: 08/06/2020 10:24:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl SEGUNDO: Que no cumpliéndose con los requisitos legales para el otorgamiento de pena sustitutiva, la pena deberá cumplirse de forma efectiva. TERCERO: Que no se condena en costas al imputado. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Intervinientes renuncian a plazos y recursos Sentencia Ejecutoriada RUC: 1500502371-5 RIT: 1150 - 2015 Dirigió la audiencia y resolvió - FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI. XX

Texto Completo (Preview)

Sentencia en Procedimiento Abreviado Cuatro de junio de dos mil veinte Hechos: Que el día 25 de mayo del año 2015, en circunstancias en que la víctima, Jaime De la Fuente Arancibia, llegaba a su domicilio a bordo de su vehículo marca Audi, modelo A – 4, PPU: CTSZ, e ingresara al estacionamiento de su inmueble ubicado en calle Campus del Mar N° 70 de la comuna de Quintero, fue abordado por 2 sujeto

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