MP C/ MANUEL ALEJANDRO ALCÁNTARA PINTO
Rol
O-3928-2018
Fecha
5 de junio de 2020
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto por los Art. 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 49, 50, 67, 70, 473 del Código Penal; Art. 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Art. 4 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I. Que se condena a MANUEL ALEJANDRO ALCANTARA PINTO, ya individualizado, cédula de identidad número 15.458.800-0, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, todo ello como AUTOR del delito CONSUMADO de ESTAFA RESIDUAL previsto y sancionado en el Art. 473 del Código Penal, cometido el 24 de Abril de 2018 en Talca. II. Que se le SUSTITUYE la pena principal por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedará sujeto al control de Gendarmería del Centro de Reinserción Social de Santiago por UN AÑO y debe cumplir las demás exigencias legales y reglamentarias, si incumple lo anterior, cumplirá la pena principal efectivamente y se le contará desde que se presente o sea habido, sirviéndole de abono un total de 6 días que ha permanecido privado de libertad en esta causa. III. Que si no paga la multa se aplicará lo dispuesto en el Art. 49 del Código Penal, concediéndosele para el pago el término de ONCE MESES, debiendo enterar a continuación de aquel en que quede ejecutoriada esta sentencia, el equivalente a una unidad tributaria mensual. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, Notifíquese y Archívese. Dictada por HÉCTOR AMÉRICO CASTRO FIGUEROA, Juez de Garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto Ministerio Público como defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la resolución queda firme con esta fecha. Con lo anterior SE APERCIBE al condenado para que se presente en el CRS SANTIAGO ubicado en Calle Santo Domingo N° 1382 Santiago Centro el día 03 D
Fallo
se declara: I. Que se condena a MANUEL ALEJANDRO ALCANTARA PINTO, ya individualizado, cédula de identidad número 15.458.800-0, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, todo ello como AUTOR del delito CONSUMADO de ESTAFA RESIDUAL previsto y sancionado en el Art. 473 del Código Penal, cometido el 24 de Abril de 2018 en Talca. II. Que se le SUSTITUYE la pena principal por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedará sujeto al control de Gendarmería del Centro de Reinserción Social de Santiago por UN AÑO y debe cumplir las demás exigencias legales y reglamentarias, si incumple lo anterior, cumplirá la pena principal efectivamente y se le contará desde que se presente o sea habido, sirviéndole de abono un total de 6 días que ha permanecido privado de libertad en esta causa. III. Que si no paga la multa se aplicará lo dispuesto en el Art. 49 del Código Penal, concediéndosele para el pago el término de ONCE MESES, debiendo enterar a continuación de aquel en que quede ejecutoriada esta sentencia, el equivalente a una unidad tributaria mensual. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, Notifíquese y Archívese. Dictada por HÉCTOR AMÉRICO CASTRO FIGUEROA, Juez de Garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES
Texto Completo (Preview)
INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE CONTROL DE LA DETENCIÓN.. Fecha Talca., cinco de junio de dos mil veinte Magistrado HECTOR AMERICO CASTRO FIGUEROA Fiscal MARÍA LORENA GONZÁLEZ BRAVO reemplazado por JOSE LUIS GONZÁLEZ ARAYA Defensor CLAUDIA ANGÉLICA LANDEROS GARRIDO Imputado MANUEL ALEJANDRO ALCANTARA PINTO, cédula de identidad número 15.458.800-0, mantenedor, domiciliado en Calle Esperanza N° 1
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