2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RAMÍREZ/LABORATORIO DE HISTOPATOLOGIA CEMESI LIMITADA

Rol

O-4299-2020

Fecha

3 de septiembre de 2020

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 73, 162, 171, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido nulo, despido indirecto y cobro de prestaciones, interpuesta por doña VALERIA PAZ RAMÍREZ ORELLANA, en contra de su ex empleadora LABORATORIO DE HISPOPATOLOGIA CEMESI LIMITADA, condenando al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: i. Remuneración pendientes ascendentes a $649.487 ii. $721.653, indemnización sustitutiva mes de aviso. iii. $1.443.306, indemnización por años de servicio. iv. $721.653, recargo legal del 50% de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 en relación al 160 Nº 7, ambos del Código del Trabajo. v. Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido y hasta la convalidación del mismo. II. Que las sumas antes mencionadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que la demandada deberá enterar en los organismos previsionales que correspondan, las cotizaciones de seguridad social de la demandante que se encuentran impagas durante la vigencia de la relación laboral, para tales efectos deberá comunicarse, por la vía más expedita, en la etapa ejecutiva, a dichos organismos, con la finalidad que inicien el cobro de tales conceptos. IV. Que se condena en costas a la demandada en la suma de $800.000 por resultar totalmente vencida. Regístrese, notifíquese en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, dese copia autorizada a la parte que lo requiera y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dictada por don Daniel Alejandro Ricardi Mac-Evoy, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se tiene a la parte demandante por renunciada a los plazos. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don DANIEL RICARDI MAC-EVOY, del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja cons

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1 al 11, 73, 162, 171, 453, 454, 456 y 459 del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido nulo, despido indirecto y cobro de prestaciones, interpuesta por doña VALERIA PAZ RAMÍREZ ORELLANA, en contra de su ex empleadora LABORATORIO DE HISPOPATOLOGIA CEMESI LIMITADA, condenando al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: i. Remuneración pendientes ascendentes a $649.487 ii. $721.653, indemnización sustitutiva mes de aviso. iii. $1.443.306, indemnización por años de servicio. iv. $721.653, recargo legal del 50% de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 en relación al 160 Nº 7, ambos del Código del Trabajo. v. Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido y hasta la convalidación del mismo. II. Que las sumas antes mencionadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que la demandada deberá enterar en los organismos previsionales que correspondan, las cotizaciones de seguridad social de la demandante que se encuentran impagas durante la vigencia de la relación laboral, para tales efectos deberá comunicarse, por la vía más expedita, en la etapa ejecutiva, a dichos organismos, con la finalidad que inicien el cobro de tales conceptos. IV. Que se condena en costas a la demandada en la suma de $800.000 por resultar totalmente vencida. Regístrese, notifíquese en vi

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03 DE SEPTIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 20-4-0280511-1 RIT O-4299-2020 SALA 1 (Sala virtual) MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC-EVOY ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO HORA DE INICIO 13.10 HORAS HORA DE TERMINO 14.17 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 204028051

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