Juzgado de Garantía de Santa Cruz.

PDI STA. CRUZ C/ PÍA FERNANDA MORALES MEDINA

Rol

O-738-2019

Fecha

20 de mayo de 2020

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Con fecha 06 de mayo de 2019, cerca de las 16:30 horas en circunstancias que doña PIA FERNANDA MORALES MEDINA y don SERGIO ENRIQUE PARRA GONZALEZ, se encontraban en plena intersección de calle Almendroza con Rafael Casanova de Santa Cruz, instante en que fueron sorprendidos por policías de investigaciones, manipulando una bolsa, de manera oculta a los funcionarios policiales, al tenor del control preventivo, se trató de bolsos que tenían ambos, específicamente el que poseía don Sergio guardaba un adorno metálico con base y sobre la misma dos estatuas alusivas a don Quijote y Sancho Panza, que en su base mantenía código y precio de la tienda Multicentro, además dos gorros tipo Jockey uno color negro marca Andremour y otro marca Reebok color negro. Mientras que a doña Pía Morales Medina, también se le encontró dentro de su bolso, tipo cartera, 6 barras de desodorante marca Lady Speed stick 48 color morado y dos shampoo marca Head and Shoulder, objetos que con sus códigos, corroborado en la tienda, a través del jefe encargado Multicentro, que dichos objetos fueron sustraídos durante el mismo día, por desconocidos, todos avaluados en $55.970, ratificando propiedad con la respectiva boleta, en tanto que Morales y Parra, ante la denuncia y no acreditar pago de los objetos, no podían menos que conocer el origen ilícito. Vistos y oídos los intervinientes: Dando por reproducidos la exposición de antecedentes y

Fundamentos

considerandos que han sido reseñados detalladamente en la audiencia y de los cuales ha quedado registro en las pistas de audio correspondientes. Y teniendo presente, además, lo dispuesto en el Código Penal; en el Código Procesal Penal; y demás normas legales aplicables,

Fallo

SE RESUELVE: YHRMPTDXRY Rodrigo Alejandro Ponce Soto Juez de garantía Fecha: 29/05/2020 11:44:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA SANTA CRUZ Calle Nicolás Palacios Nº 355, Fono-Fax 72-2821866, E-mail jgsantacruz@pjud.cl I.- Que SE CONDENA a SERGIO ENRIQUE PARRA GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0013503621-8, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACION. ART. 456 BIS A DEL CÓDIGO PENAL, por los hechos acaecidos el día 6 de mayo 2019 en la comuna de Santa Cruz, a sufrir la pena privativa de libertad de 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Igualmente, se le sanciona con la pena accesoria genérica de suspensión de cargo u oficio público, durante el tiempo de la condena; y a la pena de multa de 5 UTM, concediéndole para su pago 10 parcialidades mensuales, sucesivas e iguales a ser solucionadas a partir del último día hábil del mes siguiente en que quede firme y ejecutoriada la sentencia; téngase presente que el no pago de una sola de las parcialidades hará exigible el total de la mu

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JUZGADO DE GARANTÍA SANTA CRUZ Calle Nicolás Palacios Nº 355, Fono-Fax 72-2821866, E-mail jgsantacruz@pjud.cl Of. 1702-2020 CCP Santa Cruz (comparecencia del condenado audiencia programada). ACTA DE AUDIENCIA (video conferencia) Santa Cruz, veinte de mayo de dos mil veinte Ruc: 1900484113-4 Rit: 738 - 2019 Hora Inicio: 11:46 Hora Término: 12:00 Juez: RODRIGO ALEJANDRO PONCE SOTO Tipo de Audiencia

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