6º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ALFREDO SANDOVAL LEON

Rol

O-2080-2019

Fecha

20 de mayo de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 6 , 11 N° 9, 14, 15 N°1, 25, 26, 29, 50 y siguientes, artículo 68, todos del Código Penal; artículos 1 y 3 de la Ley N°20.000; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena al acusado ALFREDO SANDOVAL LEON, ya individualizado, en su calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de drogas, hecho perpetrado el día 14 de marzo de 2019, en la comuna de Estación Central, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, más pena de multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual, más penas legales accesorias del artículo 29 del Código Penal, más pena de comiso, todo ello sin costas. II.- Que habiéndose oído a la representante del Ministerio de Interior y Seguridad Pública que compareció a la audiencia y sin oposición del Ministerio Público, se procede a reemplazar la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del Territorio de la República, así las cosas, se cumple en cuanto a que el sentenciado es un extranjero que no tiene residencia legal en el país, como se informó por el Ministerio del Interior, por lo cual, entonces, no podrá regresar al territorio de la República en un plazo de 10 años desde el día de hoy. Si el sentenciado regresará al Territorio de la República dentro del plazo de 10 años, se revocará la presente pena de expulsión, debiendo cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, en todo caso, se le va reconocer como abono todo el tiempo que en la causa ha permanecido privado de libertad, esto es, desde el día 15 de marzo del año 2019, en que ha permanecido ininterrumpidamente sujeto a prisión YVHJPTLLYD RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ Juez de garantía Fecha: 27/05/2020 13:15:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invi

Fallo

se declara: I.- Que, se condena al acusado ALFREDO SANDOVAL LEON, ya individualizado, en su calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de drogas, hecho perpetrado el día 14 de marzo de 2019, en la comuna de Estación Central, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, más pena de multa de un tercio (1/3) de Unidad Tributaria Mensual, más penas legales accesorias del artículo 29 del Código Penal, más pena de comiso, todo ello sin costas. II.- Que habiéndose oído a la representante del Ministerio de Interior y Seguridad Pública que compareció a la audiencia y sin oposición del Ministerio Público, se procede a reemplazar la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del Territorio de la República, así las cosas, se cumple en cuanto a que el sentenciado es un extranjero que no tiene residencia legal en el país, como se informó por el Ministerio del Interior, por lo cual, entonces, no podrá regresar al territorio de la República en un plazo de 10 años desde el día de hoy. Si el sentenciado regresará al Territorio de la República dentro del plazo de 10 años, se revocará la presente pena de expulsión, debiendo cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, en todo caso, se le va reconocer como abono todo el tiempo que en la causa ha permanecido privado de libertad, esto es, desde el día 15 de marzo del año 2019, en que ha permanecido ininterrumpidamente sujeto a prisión YVHJPTLLYD RODRIGO IGNACIO P

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“TEXTO TRANSCRITO SEGÚN LO DISPUESTO EN LOS INCISOS 3° Y 4° DEL ARTÍCULO 62 DEL ACTA 71-2016, DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA” Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veinte de mayo de dos mil veinte Procedimiento Abreviado R.U.C. 1900281500-4 R.I.T. 2080 - 2019 JUEZ RODRIGO IGNACIO PALMA RUIZ FISCAL ÁLVARO NÚÑEZ SAN MARTÍN ABOG. MIN. INTERIOR CA

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