Juzgado de Garantía de Graneros.

MP C/ MANUEL ALFONSO FARÍAS GONZÁLEZ

Rol

O-1156-2020

Fecha

22 de mayo de 2020

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: con fecha 19 de mayo de 2020 alrededor de las 20:50 horas el imputado Manuel Alfonso Farías González conducía el vehículo placa patente única CSSD-35 siendo fiscalizado por personal policial en calle Manuel Montt con calle El Nogal de la comuna de Mostazal, al solicitarle la licencia de conducir el imputado comenzó a insultar al carabinero y víctima Diego Cathalifaud Rosales para luego acelerar el vehículo, al señalar el carabinero que lo detuviera el imputado embistió a dicho funcionario policial, quien saltó a un costado del camino Procedimiento Simplificado: Graneros, veintidós de mayo de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a MANUEL ALFONSO FARÍAS GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0013495671-2, ya individualizado, a sufrir la pena de Multa de Una (1) Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Atentado Contra la Autoridad Del Artículo 261 N°2, del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado el día 19 de mayo de 2020, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que la pena de multa impuesta se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa en razón de su detención y luego de la ampliación de la detención decretada en audiencia de fecha 19 de mayo de 2020, procediendo a la conversión prevista en el artículo 49 del Código Penal. III.- Habiendo renunciado el sentenciado a su derecho a juicio oral y visto lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal, se le exime del pago de las costas de la causa. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Atenuantes: art. 11 N°9 Agravantes: No concurren. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a MANUEL ALFONSO FARÍAS GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0013495671-2, ya individualizado, a sufrir la pena de Multa de Una (1) Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Atentado Contra la Autoridad Del Artículo 261 N°2, del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, perpetrado el día 19 de mayo de 2020, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que la pena de multa impuesta se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa en razón de su detención y luego de la ampliación de la detención decretada en audiencia de fecha 19 de mayo de 2020, procediendo a la conversión prevista en el artículo 49 del Código Penal. III.- Habiendo renunciado el sentenciado a su derecho a juicio oral y visto lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal, se le exime del pago de las costas de la causa. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Atenuantes: art. 11 N°9 Agravantes: No concurren. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. XWLEPSWGZD Patricio Mario Acevedo Silva Juez

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Graneros ACTA DE AUDIENCIA Veintidós De Mayo De Dos Mil Veinte Ruc: 2000508690-7 Rit: 1156 - 2020 Hora Inicio: 10:54 Hora Término: 11:05 Juez: Patricio Acevedo Silva Tipo De Audiencia: Simplificado Delito: Atentado Contra Una Autoridad Del Artículo 261 N°2. Imputado: Manuel Alfonso Farías González C.I. 13.495.671-2 Comparece: Si, Preso, Vía Zoom Domicilio: Calle Las Bandurr

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