Juzgado de Garantía de Colina

MP C/ MARIO ALEJANDRO CÁCERES SÁNCHEZ

Rol

O-3759-2019

Fecha

22 de mayo de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “ El día 11 de julio de 2019, a las 10:12 horas aproximadamente, los imputados ya individualizados, ingresaron al domicilio particular ubicado en Ruta G-108, kilómetro 6, parcela B-19, Llano de Caleu, comuna de Til Til, rompiendo el candado de portón de acceso, con la finalidad de apropiarse, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de distintas especies que se encontraban en el inmueble, acopiándolas en un furgón blanco, que se encontraba en el exterior del domicilio, vehículo en el que se desplazaban, el cual no portaba las placas patentes, activando la alarma de seguridad, siendo sorprendidos en ese momento por la testigo de iniciales C.E.S.D, vecina del sector, por lo que los imputados se dan a la fuga, dejando las especies en el lugar, para luego ser detenidos por funcionarios de Carabineros. -”. SE DECLARA: I.- Que se condena a MARIO ALEJANDRO CÁCERES SÁNCHEZ, cédula de identidad N° 0019095023-9, ya individualizado, a sufrir la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo u oficio público por el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo en lugar habitado, en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 440 en relación al artículo 432 del Código Penal, cometido en la comuna de Til Til el 11 de julio de 2019. II.- Que no siendo procedente en la especie al sentenciado, sustituir la pena privativa de libertad por algunas de las que contempla la ley 18.216, el cumplimiento de la misma será de carácter efectivo sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de este encausamiento, esto es, desde el día 11 de julio de 2019 al 1 de octubre de 2019, lo que hace un total de 82 días de abono. III.- Determínese la huella genética del encausado, incorpórese al registro de condenados. JTHDPSYEJB HECTOR HUGO CARO MOLINA Juez de garantía Fecha: 25/05/2020 07:52

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a MARIO ALEJANDRO CÁCERES SÁNCHEZ, cédula de identidad N° 0019095023-9, ya individualizado, a sufrir la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo u oficio público por el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo en lugar habitado, en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 440 en relación al artículo 432 del Código Penal, cometido en la comuna de Til Til el 11 de julio de 2019. II.- Que no siendo procedente en la especie al sentenciado, sustituir la pena privativa de libertad por algunas de las que contempla la ley 18.216, el cumplimiento de la misma será de carácter efectivo sirviéndole de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad con motivo de este encausamiento, esto es, desde el día 11 de julio de 2019 al 1 de octubre de 2019, lo que hace un total de 82 días de abono. III.- Determínese la huella genética del encausado, incorpórese al registro de condenados. JTHDPSYEJB HECTOR HUGO CARO MOLINA Juez de garantía Fecha: 25/05/2020 07:52:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, veintidós de mayo de dos mil veinte TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA MAGISTRADO: HECTOR HUGO CARO MOLINA RUC: 1900745838-2 RIT: 3759 - 2019 IMPUTADO: MARIO ALEJANDRO CÁCERES SÁNCHEZ C.I. 0019095023-9 FECHA DE NAC. 02-07-1995 DIRECCION Avenida LOS AZULES Nº 1150 COMUNA: Renca. DELITO Robo en lugar habitado o destinado a

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