TREBISON/DENEY ABOGADOS SPA
Rol
M-21-2020
Fecha
31 de agosto de 2020
Materia
Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL DEMANDANTE X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · DOCUMENTAL DEMANDADO X · DILIGENCIAS DECRETADAS X · CITACION A AUDIENCIA X · ACUMULACION X · DESISTIMIENTO X · APERCIBIMIENTO X · SENTENCIA X · OTROS X · SUSPENSION ART. 426 INC. 3RO X Constancia. En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta Audiencia se ha celebrado mediante Video Conferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Contestación de la demanda y llamado a conciliación: Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada; asimismo, en rebeldía de la parte demandada se deja constancia que no se arriba a conciliación. Solicitud de sentencia: La parte demandante, en atención a que la demandada ha sido legalmente emplazada para comparecer a esta audiencia y no lo ha hecho, y entendiendo a que no se ha contestado la demanda en forma expresa, no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, motivo por el cual, solicita dictar sentencia de inmediato y al hacerlo haga aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7°, en orden a tener por tácitamente admitidos contenidos en la demanda y en definitiva dictar sentencia, acogiendo la misma en los términos expuestos en el petitorio, con costas. El tribunal resuelve: Estando en pleno conocimiento la parte demandada de la realización de la audiencia del día de hoy y no habiendo comparecido y habiéndose tenido por contestada la demanda en su rebeldía, se hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 del Código del Trabajo y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos el tribunal procede a dictar sentencia Dictación
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la misma se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto y visto además lo consignado en los artículo 1 a 11, 63, 67, 73, 161, 162, 163, 168, 172, 177, 422, 425, 496 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda deducida por don Eduardo José Trebison Mundarain en contra de Deney Abogados Spa., ambas partes, ya individualizadas, asimismo, se declara la existencia de la relación laboral entre las partes, habiendo ingresado a prestar servicios el demandante el día 01 de agosto de 2018, en calidad de asesor de soporte técnico de informática y redes sociales. II.- Que, el despido es incausado, es nulo y no ha producido el efecto de poner término a l contrato de trabajo, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por la cantidad de $534.420.- 2.- Indemnización año de servicio (1), ascendente a $534.420.- más el incremento de un 50%, de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del artículo 168, del Código del Trabajo, ascendente a $267.210.- 3.- Saldo remuneración fija correspondiente al periodo del 01/12/2019 al 10/01/2020, ascendente a $400.000.- 4.- Feriado legal correspondiente al periodo agosto/2018//agosto2019, ascendente a $315.000.- más feriado proporcional del periodo septiembre/2019 al 10/01/2020, ascendente a $110.550.- TOTAL: $425.550.- 5.- Cotizaciones previsionales en AFP MODELO; cotizaciones de salud en IPS-FONASA; y cotizaciones de cesantía en AFC CHILE S.A. desde agosto de 2018 a marzo de 2019; y saldo de cotizaciones desde abril a diciembre de 2019; y las correspondientes a 10 días trabajados en enero de 2020. 6.- Todas las remuneraciones, cotizaciones de seguridad socia
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACION, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA 31 DE AGOSTO DE 2020.- RUC 20-4-0262364-1 RIT M-21-2020 MAGISTRADO PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marjorie Jorquera Césped HORA DE INICIO 10,06 HORAS. HORA DE TERMINO 10,24 HORAS. Nº REGISTRO DE AUDIO 2040262364-1-97 PARTE DEMANDANT
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