CONSTANZA MACARENA MARTINEZ WELSH C/ SEBASTIÁN ANDRÉS DÍAZ GIANNECCHINI
Rol
O-3315-2020
Fecha
12 de mayo de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20 de febrero del 2020, a las 17:50 horas, en la intersección de calles Unión latinoamericana con calle Sazie, en la comuna de Santiago, el acusado Cristian Rodrigo González Villarreal, se acercó al vehículo donde se encontraba la víctima, constanza Macarena Martínez Welsh y sorpresivamente le sustrajo su celular marca Samsung, modelo j6, huyendo con la especie en su poder. La víctima salió en su persecución, siendo obstaculizada por el segundo acusado, Sebastián Andrés Díaz Giannecchini, quien además y mientras inspectores municipales logran retener al primer acusado González Villarreal, intentó evitar la detención. Momentos después, el acusado González Villarreal, amenazó a la víctima diciéndole: “querís que te pegue a vo´, si no te corrí te voy a sacar la concha de tu madre, vírate de aquí”. SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ VILLARREAL, ya individualizado, a la pena de 80 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de los delitos de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal y amenazas, previsto y sancionado en el artículo Art. 296 Nº3 del Código Penal, en grado de ejecución de consumado, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 20 de febrero del 2020. TRQXPPSXMC DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA Juez de garantía Fecha: 13/05/2020 23:08:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Que la pena corporal se tiene por cumplida,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ VILLARREAL, ya individualizado, a la pena de 80 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de los delitos de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° del Código Penal y amenazas, previsto y sancionado en el artículo Art. 296 Nº3 del Código Penal, en grado de ejecución de consumado, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 20 de febrero del 2020. TRQXPPSXMC DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA Juez de garantía Fecha: 13/05/2020 23:08:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Que la pena corporal se tiene por cumplida, en atención al tiempo que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, desde el 21 de febrero del 2020 al día de hoy. III.-. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese cumplimie
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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago, doce de mayo de dos mil veinte. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA RUC: 2000199320-9 RIT: 3315 - 2020 IMPUTADO: CRISTIAN RODRIGO GONZÁLEZ VILLARREAL C.I. 0015259582-4 DELITO Robo por Sorpresa. Amenazas. Art. 436 inciso 2° del Código Penal. Art. 296 Nº3 del Código Penal. PARTICIPACIÓN Autor G.
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