12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JHONATAN STEVEN LANDAZURY CASTILLO

Rol

O-147-2020

Fecha

13 de mayo de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 13 de enero del año 2020, en horas de la noche, en la vía pública en el sector de la intersección de calle Cabildo con calle alcalde Pedro Alarcón comuna San Joaquín, el imputado el Señor JHONATAN STEVEN LANDAZURY CASTILLO quien se desplazaba al interior del vehículo Chevrolet, modelo Spark color plateado PPU FXXV – 34, en calidad de copiloto, mientras mantenía en su poder poseyendo y guardando una bolsa de nylon transparente contenedora de 733 gramos con 900 miligramos de pasta base de cocaína, sin contar con la autorización respectiva competente para ello.” SENTENCIA I.- Se CONDENA, a don JHONATAN STEVEN LANDAZURY CASTILLO, por su participación como autor del delito de Tráfico de Sustancias Psicotrópicas, establecido en el artículo 3 en relación al artículo 1 ambos de la Ley 20.000, cometido en grado de desarrollo consumado dentro de esta Jurisdicción el 13 de enero de 2020, a cumplir una pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, al comiso de las especies incautadas, particularmente el teléfono celular y la cantidad de droga hoy singularizada, sin costas. II.- Se deberán hacer las Coordinaciones por parte de Gendarmería de Chile para incorporación de huella genética en el Registro Nacional de Condenados. III.- No contando este Tribunal con antecedentes suficientes, no se da lugar a pena sustitutiva alguna respecto del imputado. IV.- La pena pecuniaria se convierte en quince días de reclusión que se imputan a parte del tiempo que permaneció privado de libertad, entendiendo ese pago satisfecho. El saldo una vez ejecutoriada esta sentencia, si procediere en el evento que sea ejecutoriada la misma, servirá de abono para la pena privativa de libertad.- RIT : 147 - 2020 RUC : 2000050699-1 DICTADA POR DOÑA MARISO

Texto Completo (Preview)

RESUMEN: RIT : 147 - 2020 RUC : 2000050699-1 MATERIA : TRÁFICO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS IMPUTADO : JHONATAN STEVEN LANDAZURY CASTILLO RUT : 14.875.776-3 DOMICILIO : CALLE VICTORIA SUBERCASEAUX Nº 81, SANTIAGO FISCAL : MIGUEL VILLAVICENCIO CASTAÑEDA DEFENSOR : MARIO ARAYA FLORES MINISTERIO INTERIOR : ALDO CRISPIERI SANCHEZ ATENUANTE : 11 N°6 Y N°9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTE : NO CONCURREN RESOLU

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica