FISCALIA IQQ C/ MARGARITA OVANDO SAYALI
Rol
O-6301-2019
Fecha
12 de mayo de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 8 de diciembre de 2019, aproximadamente a las 16:45 horas en circunstancias que personal del servicio nacional de aduanas realizaba labores propias de su función en la zona primaria de la avanzada aduanera del Rio Loa procedieron a la fiscalización del bus de la empresa TUR BUS y de la acusada ya individualizada quien fue sorprendida portando al interior de una faja un total de 90 contenedores tipo ovoides los que mantenían una sustancia que resulto ser cocaína que arrojo con un peso de 1121 gramos DELITO TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000 PARTICIPACIÓN: AUTOR GRADO DE EJECUCIÓN: CONSUMADO ADMISIÓN SI MODIFICATORIAS ART 11 N° 6 y ART 11 N° 9 KHQFPXXXXL Vicente Antonio Muratori Quezada Juez de garantía Fecha: 12/05/2020 13:34:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que, se condena a MARGARITA OVANDO SAYALI, cédula de identidad Nº 0014875229-K, ya individualizados, como autor del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en la cuidad Iquique, el día 8 de diciembre de 2019, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo En caso de revocación se considerara como abono al cumplimiento todo el tiempo que la condenada ha estado privada de libertad en razón de la presente causa, con el descuento de los días con que se dio por cumplida la pena pecu
Fallo
SE DECLARA: Que, se condena a MARGARITA OVANDO SAYALI, cédula de identidad Nº 0014875229-K, ya individualizados, como autor del delito de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en la cuidad Iquique, el día 8 de diciembre de 2019, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo En caso de revocación se considerara como abono al cumplimiento todo el tiempo que la condenada ha estado privada de libertad en razón de la presente causa, con el descuento de los días con que se dio por cumplida la pena pecuniaria, esto es 36 días. Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresar) Dentro del plazo de 30 días desde que se encuentre ejecutoriada la sentencia o luego de 30 días de que se levante las restricciones internacionales producto de la emergencia sanitaria actual. PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 40 Unidades Tributarias mensuales CUMPLIDA ---------- Observación: Se hace efectiva la sustitución de la multa impuesta por 120 días de reclusión, lo que se tiene por cumplido con parte del tiempo que han permanecidos privados de libertad por esta causa. MODIFICATORIAS RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES Articulo 11 N° 6 Código Penal Articulo 11 N° 9 Código Penal AGRAVANTES NO HAY KHQFPXXXXL Vicente Antonio Muratori Quezada Juez de garantía Fecha: 12/05/2020 13:34:29 ESTE DOCUMENTO TIENE
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Individualización de Audiencia de revisión prisión preventiva.. Fecha Iquique., doce de mayo de dos mil veinte Magistrado VICENTE ANTONIO MURATORI QUEZADA Fiscal FRANCISCO ALMAZÁN SEPÚLVEDA Defensor CAROLINA FRANCISCA LAGOS JORQUERA Hora inicio 10:53AM Hora termino 11:06AM Sala VIDEO CONFERENCIA Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta mml/llo/hev RUC 1901323744-4 RIT 6301 – 2019 DELITO TRAF
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