SANCHEZ/SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO SPA
Rol
M-468-2019
Fecha
26 de agosto de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, DEMANDANTE X SENTENCIA X Constancia: Se deja constancia que las demandadas no comparecen a la presente audiencia, pese a encontrarse legalmente notificadas. Resuelve escrito: Al escrito presentado por la parte demandante con fecha 25 de agosto de 2020, se resuelve: A lo principal: Téngase presente. Al primer y segundo otrosí: Téngase presente y por digitalizados documentos. Contestación a la demanda: Se tiene por evacuado el trámite de contestación de la demanda en rebeldía de las demandadas. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, atendida la rebeldía de las demandadas. Fija hechos controvertidos: 1) Cumplimiento de formalidades legales en relación al auto despido. 2) Efectividad de concurrir los incumplimientos que se reclaman en la comunicación de auto despido, en específico, estado de pago de las cotizaciones de seguridad social y en lo relativo a la oportunidad de pago de las remuneraciones. 3) Efectividad de haberse otorgado, pagado o compensando el descanso correspondientes a feriado reclamado. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Acta de comparendo de MARYELIN KARINA SANCHEZ PEREZ, celebrado el 4 de enero de 2019, en la Unidad de Conciliación, del Centro de Conciliación y Mediación Región Metropolitana Oriente 2) Copia del contrato de trabajo, suscrito el 01 de Abril de , con la demandada SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO SPA, el cual en la cláusula DECIMA, reconoce el tiempo trabajado con la empresa DAPSI ASEO Y MANTENCION SPA, que comprende del 3 de octubre de 2017 al 31 de marzo de 2018, por lo que éste es continuación de la relación laboral que aquí se demanda. 3) Certificado de FONASA, donde consta el estado de las cotizaciones desde Nov/17 hasta oct/18, de las cuales sólo 3 fueron pagadas. La prueba documenta
Fallo
se resuelve: A lo principal: Téngase presente. Al primer y segundo otrosí: Téngase presente y por digitalizados documentos. Contestación a la demanda: Se tiene por evacuado el trámite de contestación de la demanda en rebeldía de las demandadas. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, atendida la rebeldía de las demandadas. Fija hechos controvertidos: 1) Cumplimiento de formalidades legales en relación al auto despido. 2) Efectividad de concurrir los incumplimientos que se reclaman en la comunicación de auto despido, en específico, estado de pago de las cotizaciones de seguridad social y en lo relativo a la oportunidad de pago de las remuneraciones. 3) Efectividad de haberse otorgado, pagado o compensando el descanso correspondientes a feriado reclamado. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Acta de comparendo de MARYELIN KARINA SANCHEZ PEREZ, celebrado el 4 de enero de 2019, en la Unidad de Conciliación, del Centro de Conciliación y Mediación Región Metropolitana Oriente 2) Copia del contrato de trabajo, suscrito el 01 de Abril de , con la demandada SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO SPA, el cual en la cláusula DECIMA, reconoce el tiempo trabajado con la empresa DAPSI ASEO Y MANTENCION SPA, que comprende del 3 de octubre de 2017 al 31 de marzo de 2018, por lo que éste es continuación de la relación laboral que aquí se demanda. 3) Certificado de FO
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 26 DE AGOSTO DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 11 VIRTUAL RUC 19-4-0167777-4 RIT M-468-2019 MAGISTRADO CÉSAR TORRES MESÍAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN VALDÉS MÁRQUEZ HORA DE INICIO 12:53 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:40 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 194
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