Juzgado de Garantía de Calama.

MP C/ DEMETRIO QUILO MAMANI

Rol

O-6606-2019

Fecha

6 de mayo de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 06 de Noviembre de 2019 en horas de la madrugada, funcionarios de la PDI en el sector de ingreso al mineral de Chuquicamata fiscalizaron al bus de la empresa “PULLMAN BUS” proveniente de Iquique y al abordarlo con el ejemplar “FORREST” dio alerta positiva a las vestimentas del acusado quien además mantenía pupilas dilatadas, ojos vidriosos y sequedad en la boca, accediendo a realizarse un examen médico, el que indicó “cuerpos extraños de forma ovoides intra abdominal”. Alrededor de las 07:25 de ese día el imputado comenzó a evacuar cápsulas ovoidales, con cocaína base en su interior, conducta que repitió en varias ocasiones, haciendo un total de 80 con peso de 975 gramos de pasta base de cocaína.. El imputado acepta Procedimiento Abreviado y el Tribunal resuelve: Calama, seis de mayo de dos mil veinte Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 1, 3 de la Ley 20.000, en relación a los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 n°9, 14 N°1, 15 n° 1, 24, 25, 29, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 1, 4, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216 se resuelve: I.- Que, se condena al imputado DEMETRIO QUILO MAMANI, cedula de identidad N°0014875887-5, ya individualizado, a la pena de Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, más multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, más la pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, inhabilitación para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena en su calidad de autor y en grado de consumado del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 1 y 3 de la Ley 20.000, por el hecho cometido en esta jurisdicción el día 06 de Noviembre de 2019. II.- Que se concede al sentenciado, respecto de la pena corporal, la pena sustitutiva de expulsión ya que se reúnen los requisitos del artículo 34 inciso 2° de la ley 18.216. Al efecto, policía de investigaciones de Chile se hará cargo de la ejecución de esta sustitu

Fallo

se resuelve: I.- Que, se condena al imputado DEMETRIO QUILO MAMANI, cedula de identidad N°0014875887-5, ya individualizado, a la pena de Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, más multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, más la pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, inhabilitación para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena en su calidad de autor y en grado de consumado del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 1 y 3 de la Ley 20.000, por el hecho cometido en esta jurisdicción el día 06 de Noviembre de 2019. II.- Que se concede al sentenciado, respecto de la pena corporal, la pena sustitutiva de expulsión ya que se reúnen los requisitos del artículo 34 inciso 2° de la ley 18.216. Al efecto, policía de investigaciones de Chile se hará cargo de la ejecución de esta sustitución de pena en un plazo no superior a 30 días, a contar de la fecha de ejecutoria de la sentencia. Una vez verificada la expulsión el sentenciado no podrá reingresar a Chile en un plazo de 10 años, si lo hace, deberá dar cumplimiento efectivo de la condena en la cárcel, sirviéndole de abono todo el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad por motivo de la presente causa, detenido desde el día 06 de Noviembre de 2019 y sujeto en prisión preventiva desde el día 08 de Noviembre de 2019 hasta la fecha de esta sentencia y sujeto a internación hasta el cumplimiento de la expulsión. III.- Qu

Texto Completo (Preview)

1 ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : 6606 - 2019 RUC : 1901193680-9 FECHA : seis de mayo de dos mil veinte HORA INICIO : 09:10 hrs. HORA TÉRMINO : 09:33 hrs. DELITO : Trafico ilícito de drogas. JUEZ : ALEJANDRO SALVADOR GONZALEZ ESCOBAR FISCAL : CRISTIAN RODRIGO ALIAGA AYARZA DEFENSOR : MARCELA ANDREA FUENTES MONTERO IMPUTADO 1 : DEMETRIO QUILO MAMANI RUT : 0014875887-5 DOMICILIO (

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica