MENDOZA CON SERVIVCIO NACIONAL DE TURISMO
Rol
O-36-2020
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
Costas, Daño moral, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS: PRIMERO: Ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, se inició causa RIT O-36-2020, en la cual doña ALEJANDRA YESENIA MENDOZA OLIVARES, desempleada, domiciliada en calle Lionel Valcarce Rocco N°260, de la ciudad de Arica, viene en demandar en procedimiento de tutela, por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones, en contra del SERVICIO NACIONAL DE TURISMO, RUT 60.704.000-1, representado por su Directora doña Andrea Wolleter Eyheramendy, RUT 12.660,238-3, ambos con domicilio en Calle San Marcos N°101, de la ciudad de Arica, en atención a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que pasa a exponer: Antecedentes de la relación laboral. Señala que, prestó servicios para la demandada en calidad jurídica a contrata asimilado a grado 16 E.U.R. desde el día 01 de agosto del año 2016 hasta el día 31 de diciembre del año 2019, fecha en la cual dejó de pertenecer al servicio conforme a notificación del término de la relación de trabajo funcionaria mediante resolución exenta N° 0648 del 27 de noviembre de 2019. Indica que, su labor era la de Asistente Administrativa. Su jefatura directa era doña Lelia Mazzini, directora regional de Sernatur, y su función comprendía las siguientes actividades: 1) Registrar la correspondencia externa que llega al servicio; 2) Presentar la correspondencia externa en carpeta para ser revisada por el director regional; 3) Realizar distribución de documentos derivados por el director regional a funcionario que corresponda; 4) Archivar documentos en cada carpeta de servicios públicos en general (Seremis Direcciones Regionales, documentos varios); 5) Llevar en planilla Excel entrega de correlativos de cartas, cartas de apoyo, cartas de manifestación, certificados, informes técnicos, oficios, memorándum, memorándum interno; 6) Administrar agenda de la jefatura, recordar actividades diarias; 7) Entregar horas de audiencias solicitadas por Ley Lobby y luego de realizadas, publicar en el portal; 8) Coordinar horarios sala de reuniones; 9) Coordinar los horarios en que se ocupará la camioneta fiscal del servicio; 10) Mantener discreción sobre documentos reservados varios; 11) Atención telefónica y derivación de llamadas hacia los funcionarios correspondientes; 12) Atención de público o turista en forma presencial orientación a usuarios y derivación hacia funcionarios o departamentos correspondientes; 13) Colaborar administrativamente con todos los departamentos que lo requieran en apoyo de actividades que realizan en la dirección regional; 14) Recibir y generar llamadas necesarias para el funcionamiento de la Dirección Regional de Arica y Parinacota. Recepcionar mensajes para compañeros que están en actividades o reuniones y luego entregar mensaje a la brevedad; 15) Mantener la base de datos protocolar vigente y a la vez tener agenda de contactos externos; 16) En ciertos casos, cerrar las dependencias de Sernatur (cocina, sala de reuniones, activación de alarma); 17) Contestar llamadas telefónicas que realiza ADT cuando se activa alarma; 18) Reemplazar en algunas ocasiones a la encargada de administración y finanzas sólo en la coordinación con la empresa de aseo y mantención de la Dirección Regional. Refiere en cuanto a su remuneración, que alcanzó la suma de $739.225.-, de conformidad al art. 172 del Código del Trabajo, la cual se componía de los siguientes conceptos: L.18.566/86 $13.329, L 18.675/87 ART.10 $34.176, sueldo base $250.645, L.19.185 ART 17 Y 18 Asig. Sustitutiva $262.338, D.L. 3.501 ART 29 INCR 13,05 $33.363, Asignación zona $140.361, bienios $5.013. Anteced
Fallo
por tanto, la tarea le fue imposible de realizar debido a sus funciones logísticas y de agenda, pues la mesa comenzaría a las 15:00, siendo encargada de preparar y revisar la presentación oficial de subsecretaría y lugar de punto de prensa, actividad que resultó del agrado de doña Mónica Zalaquett-subsecretario de turismo, recibiendo sus felicitaciones. Posteriormente debió hacer sola dicho inventario entregándolo el día 08 de mayo de 2019, debido a que no contaba con llaves de la bodega de materiales, las que estaban en poder de la Sra. Waltemath quien tomó días de permiso administrativo y retornó el 09 de mayo; 3) Interés por el trabajo que realiza: Se disminuye de una evaluación a otra sin explicación alguna, a fin de ver cuáles son los aspectos deficientes; 4) Capacidad para trabajar en equipo: En todo momento se ha mantenido dispuesta a que mejore el ambiente laboral, pero la situación se hace insostenible, más aun considerando las diferencias de trato que tiene la directora regional con uno y otro funcionario; 5) Relaciones interpersonales: Su relación con quien tuvo alguna vez una diferencia de opiniones, doña Gisela Lagos, lo cual no fue valorado por la jefatura; 6) Cumplimiento de normas: Nuevamente se le evalúa con satisfactorio. Sin embargo, no entiende a qué se debe aquello considerando además que la anotación de demérito recibida en marzo de 2019 se aleja totalmente a la realidad de los hechos; 7) Puntualidad y permanencia: Siempre ha cumplido con sus horarios de
Texto Completo (Preview)
Arica, a veinticinco de agosto de dos mil veinte. VISTOS Y OIDOS: PRIMERO: Ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, se inició causa RIT O-36-2020, en la cual doña ALEJANDRA YESENIA MENDOZA OLIVARES, desempleada, domiciliada en calle Lionel Valcarce Rocco N°260, de la ciudad de Arica, viene en demandar en procedimiento de tutela, por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica