FISCALIA IQUIQUE C/ DANIEL SEGUNDO AYALA ROJAS
Rol
O-180-2020
Fecha
4 de mayo de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: El día veintinueve de abril en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por el Juez Presidente Sr. Rodrigo Villar Bustamante y los jueces Sr. Juan Ibacache Cifuentes y Sr. Juan Daniel Pozo Araya, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos rol interno Nº 180-2020, seguidos en contra de DANIEL SEGUNDO AYALA ROJAS, Cédula de Identidad N° 11.613.313- K, Chileno, nacido en Iquique con fecha 18 de julio de 1970, 49 años, obrero, con domicilio en calle J.J. Pérez N° 2007, Iquique, estudios básicos, representado por el abogado de la Defensoría Penal Pública Sr. Jorge Rolando Bacián Román. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal Sr. Guillermo Arriaza Valenzuela. SEGUNDO: Los hechos materia de la acusación, según el auto de apertura del juicio, son los siguientes: “En virtud de una investigación realizada por la Fiscalía Local de Iquique y la Brigada Antinarcóticos de Iquique, se logró determinar que en el inmueble de calle José Joaquín Pérez 2007, Iquique, diversas personas se estaban dedicando a la venta de drogas, por lo que se realizaron diligencias que permitieron establecer el modus operandi que consistía en realizar la venta de drogas en el domicilio de calle José Joaquín Pérez 2007 de la ciudad de Iquique trasladándose desde su propios domicilios, logrando asimismo determinar que se trataba de un grupo de sujetos unidos por vínculos de parentesco y/o amistad que actuando coordinadamente, se proveían de droga acopiándola en sus domicilios donde no realizaban venta, pero si la distribuían, la dosificaban y luego la vendían a terceros, procurándose medio logísticos y de seguridad que les permitían actuar en el lugar con tranquilidad, por lo que una vez verificada aquella situación a través de diversas fiscalizaciones a consumidores que concurrían a comprar droga se solicitó y obtuvo una autorización de entrada y regis
Fundamentos
considerando que el gramo de pasta base asciende a la suma de $15.000, en tanto el gramo de marihuana son $5.000.- En el allanamiento de calle J.J. Pérez N°2007, había otra mujer en el lugar, no obstante no tenía relación con los hechos. A la Defensa, desconoce los detalles de la entrada y registro al domicilio del acusado. 3.- Dichos de NICOLAS CORROTEA PARADA, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, indicando que en horas de la mañana del día 11 de julio 2019 dio cumplimiento a una orden de entrada y registro al domicilio del acusado Daniel Ayala, blanco de la investigación, hallando 435 gramos brutos de pasta base, 49 gramos marihuana y 0,83 clorhidrato de cocaína. En el inmueble solo estaba la hija del acusado de nombre Daniela Ayala, quien mantenía en su pieza un sistema indoor con 07 plantas de cannabis, asumiendo la propiedad de aquellas. Seguidamente se encontró en la cocina, en un mueble, al costado de un microondas 02 papeles de diario contenedores de sustancia beige, a la que se aplicó la prueba de campo respectiva dando positivo para cocaína, había un tercer contenedor de papel de diario el cual mantenía residuos de la sustancia beige, sobre el mismo mueble permanecía un caja de cartón con flores sumidas de canabis, a las que también se les aplicó la prueba de campo. En la cocina había otros envoltorios y una balanza digital. En el living LQCXPLXEPQ Juan Daniel Pozo Araya Juez Redactor Fecha: 04/05/2020 13:40:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 7 comedor, en un rack un papelillo con polvo blanco, se aplicó la prueba de campo respectivo dando positivo para cocaína, además de bolsistas plásticas, en una mesa de otro envoltorio con canabis. En la habitación matrimonial, dentro de un ropero, mantenía una caja de cartón con cocaína base a granel, a la que se le aplicó la prueba de campo, dando coloración positivo para la sustancia indicada, la suma de $5.000, una tarjeta bancaria a nombre de la pareja Minerva Ballestero y otros elementos de identificación que indicaban que era su domicilio. En el patio posterior se encontró un mueble con 5 papeles de diario contenedores con sustancia de color beige, que correspondió a cocaína y otros 2 impregnadas. En total se incautó 485 gramos de cocaína base, 49 gramos de marihuana y 0,83 gramos de clorhidrato de cocaína. SE EXHIBE SET FOTOGRÁFICO, explicando el procedimiento en los mismos términos. A la Defensa, con precisión, además de la balanza, se encontraron 20 papeles recortados y 10 bolsas plásticas para dosificar. 4.- Dichos
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 12 N°16, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 28 y 68 del Código Penal; artículos 1, 45, 275, 295, 296, 297, 325 LQCXPLXEPQ Juan Daniel Pozo Araya Juez Redactor Fecha: 04/05/2020 13:40:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 17 y siguientes, 340, 341, 342 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, se declara: I.- Que se CONDENA a DANIEL SEGUNDO AYALA ROJAS, ya individualizado, como AUTOR de un delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, descubierto el día 11 de julio del 2019, en esta jurisdicción, a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DIA de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y la multa ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, sin costas. II.- Que para el pago de la multa impuesta se otorgaran cuatros cuotas iguales, mensuales y sucesiva
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1 TRÁFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES C/ DANIEL SEGUNDO AYALA ROJAS RUC: Nº 1900130104-K RIT: Nº 180-2020 Iquique, cuatro de mayo de dos mil veinte. VISTO Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: El día veintinueve de abril en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por el Juez Presidente Sr. Rodrigo Villar Bustamante y los jueces Sr. Juan Ibac
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