12º Juzgado de Garantía de Santiago

HUGO FABIÁN ANDRÉS INOSTROZA HERMOSILLA C/ EDGAR MAMANI APAZA

Rol

O-5478-2019

Fecha

30 de abril de 2020

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “Que desde un tiempo a la fecha de su detención, se logró determinar mediante diversas técnicas de investigación, particularmente vigilancias y escuchas telefónicas, efectuadas por funcionarios de la Brigada Antinarcóticos Metropolitana de la Policía de Investigaciones de Chile, que en conjunto con la Fiscalía Regional Metropolitana Sur, acerca de la existencia de una agrupación dedicada activamente a distribuir droga en la comuna de La Granja y La Pintana, compuesta por JOSÉ TORO FERNANDEZ y JIMMY BENAVIDES JAQUI, quienes recibían a ciudadanos extranjeros que trasladaban la droga desde el norte del país. En virtud de escuchas telefónicas, se estableció que JOSÉ TORO FERNANDEZ con fecha 01 de diciembre de 2019 comenzó a coordinar la llegada de sujetos extranjeros hasta un domicilio no identificado de la comuna de Pudahuel. Utilizando la misma técnica de investigación, sumándole seguimientos y vigilancias, el día 04 de diciembre de 2019 alrededor TVXLPLLGBX CAROLINA ISABEL GAJARDO BENITEZ Juez de garantía Fecha: 01/05/2020 10:23:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de las 22:12 horas, JOSÉ TORO FERNANDEZ llevó comida hasta el domicilio ubicado en La Poesía N° 7332 de la comuna de Pudahuel, siendo recepcionada por un sujeto con rasgos extranjeros, logrando determinar que ese era el inmueble utilizado para la descarga, acopio y abultamiento de droga. En virtud de ello, funcionarios policiales montaron un dispositivo de vigilancia en el lugar, y siendo ya el día 05 de diciembre de 2019, alrededor de las 12:30 hor

Fallo

se declara: I.- Que se condena a EDGAR MAMANI APAZA y FIDEL FARFAN MAMANI, ya individualizados como autores de un delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, a la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de CUARENTA UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, concediendo diez parcialidades, la primera de ellas con vencimiento los primeros cinco días del mes de junio, se ordena el comiso de las especies que fueron incautadas en esta investigación. II.- Se ordena la incorporación de la huella genética de ambos condenados en el Registro Nacional llevado para tal efecto. III.- Dando lugar a lo solicitado por la Defensa y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 20.603, se autoriza el cumplimiento por la vía sustitutiva de la pena de EXPULSION del territorio nacional, diligencia que deberá materializada por el Ministerio del Interior en el término de 90 días contados desde el día de hoy, o en el plazo que se disponga para estos efectos en atención a la crisis sanitaria que se vive actualmente en el país, los imputados quedarán entonces a disposición de Gendarmería de Chile en este tiempo hasta la efectiva materialización de la expulsión. IV.- Habiendo aceptado la realización en esta audiencia según las normas del juicio abreviado, evitando así los costos de la r

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PODER JUDICIAL 12º JUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO RESUMEN: RIT : 5478 - 2019 RUC : 1901318196-1 MATERIA : TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES IMPUTADO : EDGAR MAMANI APAZA C.I.N° : DNI 46544718 DOMICILIO : CALLE PEDRO MONTT Nº 1606, SANTIAGO IMPUTADO : FIDEL FARFAN MAMANI C.I.N° : DNI 46312521 DOMICILIO : CALLE PEDRO MONTT Nº 1606, SANTIAGO FISCAL : CLAUDIA CAÑAS SOTO DEFENSOR PRIVADO : CAROL MANCILL

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